HORACIO ROSATTI |
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El Jefe de Estado se amparó en lo determinado en el Artículo 99, Inciso 19 de la Constitución Nacional, que lo faculta a "llenar vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima legislatura" se precisó oficialmente.
El presidente Mauricio Macri se propuso completar el cuerpo, que preside Ricardo Lorenzetti:
- Carlos Rosenkrantz, discípulo del fallecido filósofo Carlos Nino, es abogado (UBA), doctor en Derecho (Escuela de Leyes de Yale), ex asesor del otrora presidente Raúl Alfonsín. Actualmente dicta Teoría del Derecho (UBA) y es rector de la Universidad de San Andrés.
- Horacio Rosatti también es constitucionalista y fue ministro de Justicia de Néstor Kirchner.
Luego de reunirse con el ministro de Justicia, Germán Garavano, y con otros a asesores, Macri tomó la decisión de pedirle al Senado que le devuelva los pliegos que había enviado la ahora ex presidenta Cristina Kirchner.
El apuro de Macri por cubrir las vacantes en la Corte tiene muchas explicaciones. Por un lado, con la sorpresa que le causó Lorenzetti cuando, apenas 48 horas después del ballottage que ganó el actual presidente, la Corte reconoció una multimillonaria deuda del Estado nacional con tres provincias.
El presidente Macri se basará en atribuciones que le da el Congreso de la Nación a través de su artículo 99, según dijeron fuentes del Gobierno. En efecto, el inciso 19 del artículo 99 establece que el Presidente de la Nación "puede llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado y que ocurran durante su receso por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".
Rosenkrantz y Rosatti podrán ocupar sus cargos sin acuerdo del Senado hasta el 30/11/2016.
Se supone que sus pliegos serán aprobados antes de ello. Una alternativa era llegar a una negociación con el peronismo, para obtener el respaldo de dos tercios de los senadores, entre ellos, el apoyo de buena parte del bloque del Justicialismo (que tiene la mayoría absoluta en la Cámara alta).
La otra alternativa fue nombrar a los 2 jueces en comisión, ejerciendo una atribución que el artículo 99 de la Constitución le confiere al titular del Poder Ejecutivo: el presidente puede cubrir esos cargos con nombramientos provisionales, que sólo dudarán hasta que el próximo 30 de noviembre, finalicen las sesiones del Congreso Nacional.
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