Luis Gneiting Dichtiar, gobernador del departamento paraguayo Itapúa, entregándole un obsequio a Macri. |
El Gobierno nacional reglamentó este lunes (21/11) el Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos, que establece que los funcionarios deberán informar los presentes que reciban.
A partir de este decreto, elaborado por la Oficina Anticorrupción (OA), se crea en el ámbito de la OA el Registro de Obsequios a Funcionarios Públicos y el Registro de Viajes Financiados por Terceros, donde se deberán registrar todos los regalos que se realicen a funcionarios públicos.
Para ello, el Ministerio de Modernización desarrollará dentro de los 60 días los sistemas informáticos necesarios para la organización y el funcionamiento de los registros creados.
Mientras tanto, en caso de que un funcionario público reciba un obsequio por razones de cortesía o costumbre diplomática deberá comunicar dicha recepción a la máxima autoridad del organismo.
Además, la reglamentación especifica que los datos obrantes de estos registros se encontrarán disponibles en el sitio web de la Oficina Anticorrupción y en el Portal de Datos Abiertos del Ministerio de Modernización.
El artículo 18 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188, que llevaba 16 años sin reglamentarse, establece que "los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones" y agrega que "en el caso de que los obsequios sean de cortesía o de costumbre diplomática la autoridad de aplicación reglamentará su registración y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado, para ser destinados a fines de salud, acción social y educación o al patrimonio histórico cultural si correspondiere".
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