JUSTICIA / CÁMARA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó el efecto de una medida cautelar que ordena al Gobierno Nacional a restituir pensiones por discapacidad. Al darle efecto suspensivo hasta que se pronuncie la Corte Suprema, la Sala II de ese tribunal dejó en vigencia el fallo de primera instancia.
De acuerdo a la sentencia de los camaristas Norma Dorado y Luis Herrero, el efecto con el que fue concedida la apelación del ministerio de Desarrollo Social será "devolutivo" y no "suspensivo", como se había concedido en 1er. término.
De esta manera, los efectos de la cautelar no serán suspendidos hasta que la última instancia se pronuncie sobre la cuestión de fondo.
La Cámara falló en ese sentido al considerar que darle carácter suspensivo a la apelación "entrañaría el más absoluto desamparo de los derechos alimentarios e irrenunciables que la medida cautelar despachada en autos procura salvaguardar".
"La tutela de estos derechos “sensibles” o “menesterosos de protección” [...] quedaría completamente desmantelada y sus titulares privados de la protección jurídica que les garantiza la Constitución Nacional y varios instrumentos internacionales sobre derechos humanos", agrega.
En tanto, el Estado acreditó haber restituido el pago de 9.728 pensiones. Para Desarrollo Social, la causa se había transformado en “abstracta” porque ya se habían rehabilitado las pensiones.
Pero según la Asociación REDI (Red por Personas con Discapacidad), que inició la causa por la que se pronunció este viernes la Cámara, la documentación presentada por Desarrollo Social es incompleta.
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