lunes, 13 de noviembre de 2017

AHORA PROHIBIERON LA VENTA DE UN ACEITE DE COCINA "ILEGAL"

SOCIEDAD / ANMAT 



La semana pasada, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de alfajores ahora tomó la misma resolución contra el aceite de oliva extra virgen de marca "El mendocino" por carecer de “autorización (...) al consignar en el rótulo un número de registro inexistente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal". 


En agosto pasado la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) del Ministerio de Salud provincial alertó sobre la prohibición de la comercialización en todo el territorio provincial del mismo producto.

La medida (Nº 033/17) fue adoptada porque el producto no está conforme a lo establecido en el Código Alimentario Argentino (CAA) ya que el rótulo es inexistente en los registros de la provincia de Mendoza, cuya autoridad competente así lo confirmó ante la consulta realizada por medio de Sistema Federal de Gestión para el Control de los Alimentos (Sifega).

Este lunes (13/11) ANMAT toma la misma resolución que la Assal y a través de la disposición 11474-E/2017, prohibió la venta en toda la Argentina del aceite "El mendocino".

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis y 155 del CAA por carecer de autorización de producto al consignar en el rótulo un número de registro inexistente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal", justificó la autoridad regulatoria.

En los considerandos de la medida, la ANMAT completó: "Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.

Por último, a través de la disposición 11473-E/2017 la ANMAT prohibió el uso y la distribución del antiséptico BIOSAN-214 a fin de "proteger a eventuales adquirientes y usuarios del producto involucrado y toda vez que tanto la firma como el producto carecen de autorización, el rótulo resulta inapropiado y confuso por lo que podría tratarse de un medicamento o un producto médico".

No hay comentarios:

Publicar un comentario