ARGENTINA / AMPARO
(U24) - Después de la acción conjunta de los intendentes de la oposición para frenar los aumentos en los servicios públicos, ahora el Gobierno de San Luis decidió demandar al Estado Nacional, a la Secretaría de Energía de la Nación y al Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas) ante la Justicia Federal por el incremento en las tarifas del gas.
El recurso de amparo fue presentado por el fiscal de Estado de San Luis, Eduardo Allende, y el jefe del Programa Defensa al Consumidor, Alberto Montiel Díaz, según informó este lunes (18/2) la Agencia de Noticias del estado provincial.
La demanda se presentó, según Agencia San Luis, “según las recomendaciones del gobernador, Alberto Rodríguez Saá”, y se inició “como una acción colectiva que pretende extender los efectos a todo el universo de clientes y/o usuarios y/o beneficiarios, e instituciones públicas provinciales que albergan a los usuarios más vulnerables”.
Los fundamentos de la presentación tienen raíz en la inconstitucionalidad de las normas y acuerdos que autorizan la dolarización del precio en la adquisición del gas por parte de las empresas, y que ellas trasladen esos costos a la tarifa final que llega al usuario.
Para el Estado sanluiseño, esa determinación viola los derechos de los consumidores y específicamente lo dispuesto en los artículos 1°, 14°, 16°, 17°, 42° y 75° inc. 22° de la Constitución Nacional.
La acción exige además una mayor transparencia en la metodología de facturación en el servicio a usuarios de la Provincia de San Luis, ya que –según los fundamentos que redactó Fiscalía de Estado se encuentran “violentados los principios constitucionales de legalidad y el de equidad, así como la previsibilidad, que hace a la seguridad jurídica de todos los ciudadanos; lo que produce un resultado confiscatorio y violatorio de garantías constitucionales y que excede cualquier límite razonable”, indica la denuncia.
Los funcionarios provinciales calificaron como "inconstitucional e inaplicable" el aumento en la tarifa del gas y la demanda pretende proteger de las subas a clientes, usuarios, beneficiarios, instituciones públicas provinciales y consumidores más vulnerables.
Montiel Díaz consideró que el aumento en la tarifa "afecta la razonabilidad, gradualidad y racionalidad, que fueron criterios de validez y legalidad de las tarifas de servicios públicos" impuestos por la Corte Suprema de Justicia en sus recientes fallos.
Por su parte, Allende remarcó que debe acogerse favorablemente esta acción "en beneficio de los derechos de usuarios y consumidores", para garantizar la continuidad de la prestación de servicios esenciales vinculados a la salud y a la educación, entre otros.
"El aumento de servicios públicos derivado de garantizar ganancias en dólares a las empresas constituye un cargo que no tiene respaldo legal y violenta la valoración político-constitucional de la moneda como manifestación de soberanía, sino lo dispuesto como nuevo paradigma en el inciso 19 del artículo 75, conocido también como la ‘Cláusula del progreso económico y social’, donde se establece que ‘corresponde al Congreso proveer lo conducente a la defensa del valor de la moneda”, estimó.
"Afecta -agregó- lo dispuesto en el inciso 19 del artículo 75, conocido como la 'Cláusula del progreso económico y social', donde se establece que corresponde al Congreso proveer lo conducente a la defensa del valor de la moneda", estimó.
"La dolarización de facto de cualquier segmento de la economía es palmariamente inconstitucional", indicó Allende y recordó que “para la traslación del precio dolarizado del gas a los usuarios, no se cumplió con el procedimiento de audiencia pública", prosiguió.
“Resulta evidente que esta alteración del precio del gas, por la devaluación de la moneda nacional, no responde a las circunstancias que los marcos regulatorios permiten trasladar esos costos al precio de la tarifa final. Estas alteraciones son ajenas al funcionamiento del mercado, no se vinculan con los costos de producción y obtención del gas, son absolutamente imprevisibles por los concesionarios y usuarios y sus consecuencias no pueden ser exclusiva y absolutamente absorbidas por los consumidores”, concluyó Allende.
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