lunes, 9 de abril de 2018

PROCESARON A ECHEGARAY: DEBERÁ PAGAR $ 1 MILLÓN PARA EVITAR LA CÁRCEL

JUSTICIA / CONTRABANDO AGRAVADO 



(U24) - El juez en lo penal económico Diego Amarante procesó por contrabando agravado al ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y le fijó la caución de un millón de pesos, que deberá pagar dentro de los próximos diez días para poder seguir afrontando la causa en libertad. 


 La acusación por contrabando agravado contra el ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en el marco de la causa conocida como autos diplomáticos, es por haberle otorgado el permiso de ingreso de un vehículo a una representación diplomática de Taiwan en Argentina.

 El Mercedes-Benz E 350 de Chun Teh Hsieh entró al país libre de impuestos en 2007, cuando Echegaray era director general de Aduanas. De acuerdo con el juez, Chun Teh Hsieh -a quien también procesó- recibió un tratamiento aduanero y fiscal más favorable al que le correspondía porque accedió a un "régimen especial" que no era aplicable a su categoría de funcionario internacional.

 Es que, según el juzgado, "la Argentina no mantiene relaciones diplomáticas con Taiwán". Chun Teh Hsieh era integrante de la Oficina Comercial y Cultural de Taipei en la Argentina.

 La acusación contra Echegaray se basa además en que el trámite autorizado por él habría eludido la intervención de la Dirección Nacional de Ceremonial de la Cancillería, que es la autoridad de aplicación del régimen establecido por el decreto 25/70 y sus normas modificatorias.

 Según el juez, todo el trámite fue irregular. Lo concedió quien no tenía potestades para otorgarlo, en contra del organismo que debió haber intervenido, fue acordado en favor de quien no podía recibirlo y además fue más amplio del que le hubiere correspondido incluso a los diplomáticos que sí podían recibirlo.

 Según el 'Centro de Información Judicial' (CIJ), "se fijó una caución real de un millón de pesos ($ 1.000.000).

A su vez, se le impusieron las siguientes reglas:

a) la prohibición de salida del país;

b) la prohibición de ausentarse de su domicilio por períodos mayores a 72 horas sin previa autorización del Tribunal y

c) la obligación de presentarse ante los estrados del Juzgado dos veces por mes."

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