Este lunes (23/1) el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial los dos decretos de necesidad de urgencia (DNU) por los cuales el presidente Mauricio Macri modificó el régimen de ART y el cronograma de feriados.
Se trata de dos temas que habían sido incluidos en las sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación por el propio mandatario pero que no llegaron a convertirse en ley.
Sólo los cambios en el sistema de riesgos del trabajo habían logrado media sanción en el Senado. Se esperaba hace varios días que el presidente emitiera estos dos DNU’s junto con un tercero reglamentario vinculado con el control de los inmigrantes con antecedentes penales, que por ahora sigue en el tintero.
De esta forma, se supone que queda desactivado un llamado a sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación durante febrero y significa también un desplante para los aliados radicales de Cambiemos que reclamaban que feriados y ART sean debatidos por el Congreso en febrero.
Mediante el decreto 54/2017, los cambios en el régimen de ART pretenden poner fin a la "industria del juicio" en el sector. En 2016 se activaron casi 124.776 juicios laborales, según la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
Las ART califican la situación actual como inviable por el fuerte incremento de la litigiosidad: de cada 100 accidentes laborales ocurridos en Buenos Aires, 38 presentan demandas. Desde 2003, la cantidad de juicios se multiplicó por 40, indican desde el sector. Los reclamos acumulan, en la actualidad, unos 4500 millones de dólares, lo que tiene un alto impacto sobre el salario bruto.
El nuevo esquema establece un trámite administrativo a través de las comisiones médicas que deben analizar los casos de accidentes laborales, l as que tendrán que expedirse en un plazo perentorio de 60 días. La CGT ya había adelantado que el decreto será "inconstitucional" porque "no están las condiciones ni de necesidad ni de urgencia".
Según señaló el secretario de Prensa y Comunicación de la central obrera Jorge Sola, días atrás, no tienen "una decisión de apoyar la reforma laboral del Gobierno". Y puntualizó: "Nunca expresamos que esto sería viable".
En cuanto a los feriados, por decreto 52/2017 los días no laborables ahora serán 16, y se eliminan los feriados ‘puente’ turísticos. "Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los martes y miércoles serán trasladados al lunes anterior. Los que coincidan con los jueves y viernes serán trasladados al lunes siguiente", decía la norma que no fue tratada en el Parlamento, y que se mantuvo en el nuevo texto.
Las fechas exceptuadas según el artículo 4 son las correspondientes al 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 9 de Julio, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.
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