martes, 8 de noviembre de 2016

NI ÓVULOS, NI VIENTRE: UNA JUEZA RECONOCIÓ A LA MAMÁ POR SU "VOLUNTAD PROCREACIONAL"

SALUD / FALLO 



Una cordobesa fue reconocida como mamá pese a que no eran sus óvulos ni había gestado al bebé. Sin embargo, para la Justicia, lo importante fue la "voluntad procreacional" manifestada por ella y su marido, a quien consideró a la vez como el padre. 


El fallo fue emitido por el Juzgado Nacional en lo Civil N° 8, a cargo de Myriam Cataldi, quien en la resolución reivindicó el "derecho a la identidad" del menor, ya que determinó que los padres tienen la "obligación de hacerle saber cómo fue concebido y gestado".

La pareja, cuyos datos son mantenidos en reserva por el Poder Judicial, apeló en 2013 las "técnicas de reproducción humana asistida", a una donante anónima y al vientre de una amiga de ambos. El hombre, en tanto, aportó su esperma.

También, el chico podrá acceder a la información de la donante anónima de óvulos si así lo quiere cuando sea mayor de edad o si, por motivos de salud vinculados a la genética, necesita hacerlo antes. La situación no estaba contemplada en la legislación vigente al momento del embarazo y el parto, por lo que un dictamen fiscal sostuvo que debía reconocerse como madre a la gestante. Sin embargo, la jueza Cataldi destacó la importancia del elemento "volitivo".

Es decir, la voluntad de ser madre y padre. "Es preciso legislar de modo que cuando nazca un niño pueda ser inmediatamente inscripto como hijo de quienes quieren ser sus progenitores o progenitor conforme al elemento volitivo expresado, ya que el interés superior del niño comprometido merece ser atendido con la máxima diligencia y premura", sostuvo la magistrada.

De igual forma, ordenó al centro médico de fertilización asistida "que proceda al debido resguardo de los datos de la donante de óvulos que intervino en la presente técnica de reproducción humana".

El bebé fue "gestado con material genético del marido del matrimonio que desea tener un hijo y ovocitos de donante anónima, en el vientre de una amiga de los cónyuges", aclaró el fallo que quedó firme el pasado 20 de septiembre pero que se dio a conocer ayer.

"La gestante obró con pleno y libre consentimiento por cuestiones de solidaridad y humanismo decidió, con el asentimiento de su pareja conviviente y padre de sus dos hijos, llevar adelante el embarazo para dar una vida hacia sus amigos que naturalmente no pueden tener hijos", dice el documento sobre la mujer que dio a luz al bebé, nacido el 14 de julio de 2014.

"Hasta hace muy poco, las nociones de maternidad y paternidad estaban asociadas a una visión tradicional y heteronormativa: ahora se disocia entre los elementos genéticos, biológicos y de voluntad, y esa voluntad se impone sobre lo demás", dijo la jueza en diálogo con el matutino 'Clarín'.

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