JUSTICIA / HOTESUR
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El juez Daniel Rafecas validó este viernes los procedimientos que su par Claudio Bonadio dispuso en distintas ciudades del sur del país en el marco de la causa Hotesur.
Mediante dichos operativos, realizados en Río Gallegos, El Calafate (Santa Cruz), Bariloche (Río Negro) y Comodoro Rivadavia (Chubut) se obtuvo documentación destinada a ser objeto de una pericia contable para determinar si a través de la firma propiedad de la familia Kirchner se realizaron maniobras de lavado de dinero.
Días después, Bonadio fue apartado de la causa.
Por otra parte, Rafecas anuló la designación de peritos contadores, la realización de la pericia contable ordenada y un informe de los peritos.
De acuerdo al Centro de Información Judicial, Rafecas resolvió no hacer lugar a la nulidad reclamada por la defensa de Romina Mercado, sobrina de la presidente Cristina Fernández y titular de Hotesur, sobre los más recientes procedimientos judiciales en distintas localidades del Sur dispuestos por el juez Bonadío, que llevaron al secuestro de una gran cantidad de documentación.
Un día antes la Sala I de la Cámara Federal había dispuesto que sea Rafecas quien fijara el alcance de las nulidades en el caso, a partir de que los camaristas habían anulado un pedido de Bonadío de contar con peritos contadores en el expediente sin dar intervención a las defensas, por lo cual lo apartaron del caso.
Así, Rafecas entendió hoy que por aplicación de la “teoría de los frutos del árbol envenenado”, dicha nulidad debía extenderse a la decisión del Juez Bonadío de realizar una pericia contable, pero dejó afuera del alcance nulificante al decreto posterior de Bonadío que dispuso cuarenta órdenes de presentación a distintos organismos públicos y privados, en la cual se obtuvo una gran cantidad de documentación que se encuentra a resguardo del Juzgado Federal N° 3.
Por otra parte, también y por expresa indicación de la Cámara Federal para que resuelva el planteo, el Rafecas dispuso no hacer lugar al pedido de la diputada nacional Margarita Stolbizer de ser tenida como parte querellante, ya que según el Magistrado, ni su condición de “simple ciudadana”, ni la de legisladora, la colocan en “particular ofendida” (condición que la ley exige para ser querellante) por los delitos investigados, que son de naturaleza colectiva.
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