JUSTICIA / SIN PRISIÓN PREVENTIVA
(U24) - El extitular de la AFIP y de la Auditoría General de la Nación (AGN), Ricardo Echegaray, sumó hoy un nuevo procesamiento, aunque seguirá en libertad porque la medida es sin prisión preventiva.
La resolución fue tomada por el juez federal Sebastián Casanello por encubrimiento agravado, en el marco de la misma causa en la que está preso el empresario Lázaro Báez por lavado de activos.
“Resuelvo dictar el procesamiento sin prisión preventiva de Ricardo Daniel Echegaray, y demás de las condiciones personales obrantes (en la causa), por encontrarlo autor penalmente responsable de los delitos de encubrimiento agravado y violación de los deberes de funcionario público, en concurso ideal”, indicó el magistrado en el escrito.
Asimismo, Casanello dispuso “mandar a trabar embargo sobre los bienes y dinero (del acusado) por la suma de $70.412.000”. Además, el juez también le dictó la preventiva a Ángel Rubén Toninelli por resultar coautor de los mismos delitos que se le imputan al exfuncionario K, a quien embargó también por $70.412.000
“Las distintas conductas adoptadas por los imputados, con el fin de centrar las investigaciones en las firmas generadoras de la facturación apócrifa y evitar dirigirla hacia la principal usuaria ACSA (Alternativas Comerciales S.A), dentro de las que pueden enunciarse: la disolución de la Dirección Regional Bahía Blanca de la AFIP mediante la disposición 299/12 -y 285/12 SGRH-; la 'reubicación' de las fiscalizaciones llevadas adelante sobre esas firmas y del personal a cargo de éstas, logrando que perdieran el grado de avance que venían demostrando”, sostuvo el juez.
El letrado también aclaró que entre las maniobras llevadas a cabo por los acusados se encuentran: “No incluir en la base e-apoc a determinadas firmas como 'usinas'; la no fiscalización -o fiscalización absolutamente tardía, ya que recién el 20/4/2015 habrían iniciado la O.I. 1.291.335- de Austral Construcciones luego de conocer los elementos que la sindicaban como usuaria de la facturación falsa mencionada, lo cual había sido propuesto al finalizar la fiscalización del Grupo Penta S.A. en el año 2013 y al término de la gestión de ambos funcionarios no se encontraba concluida”.
“En el caso puntual de Toninelli, el vuelo privado que habría compartido con las personas que debía fiscalizar”, explicó el magistrado.
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