JUSTICIA / JUEZ DICE NO AL HABEAS CORPUS
(U24) - Un grupo de detenidos de la Comisaría Tercera de la ciudad de Puerto Madryn, provincia de Chubut, iniciaron este miércoles (por ayer) una huelga de hambre. Y es que la radical protesta no es por la precaria situación económica de la región sur, aunque en realidad es el génesis del conflicto.
Los reclusos está reclamando se restablezca el servicio de cable por suscripción dentro del penal para poder ver el Mundial de Rusia 2018, que comienza mañana.
En consecuencia, el grupo de privados de libertad presentaron un recurso extraordinario ante una oficina judicial, donde se lee: “Venimos a solicitarle que arreglen el cable de audiovisión ya que hace como tres días que no anda y es un derecho indispensable para toda persona privada de la libertad”.
En este sentido, los reclusos aseguran que al verse negados de disfrutar del Mundial, se evidencia un existente deterioro de las “condiciones de detención”.
“Hemos tomado la decisión de no recibir la ración correspondiente del mediodía y noche hasta que se solucione este inconveniente”, reza el documento en referencia a la inhibición de la comida.
Cabe destacar, que la Constitución Nacional Argentina determina que los cárceles, además de ser sanas y limpias, deberían usarse para “seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.
NO AL HABEAS CORPUS
En contraparte, la jueza Patricia Ásaro desmintió el pedido “in limine”, realizado por los recursos de la seccional, por considerar que no reviste urgencia ni pone en peligro la vida de los detenidos.
Quienes reclamaron, a través de un habeas corpus, como un “derecho indispensable” el tener TV por cable para ver el Mundial.
Consecuentemente, la magistrada consideró que el recurso es “entendible” si el pedido es otro, como malas condiciones de detención, problemas con la calidad y distribución de alimentos o la atención médica.
En el caso de la televisión, no lo consideró un motivo que deteriore las condiciones de la detención y por ende rechazó el habeas corpus.
Ásaro fue contundente y, a mediante una nota, comunicó su resolución: “No siendo motivo de habeas corpus, a lo solicitado no ha lugar”.
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