ECONOMÍA / POR PEDIDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
La Justicia hizo lugar a la apelación de la empresa YPF para mantener bajo confidencialidad las cláusulas con información de valor geológico, económico e industrial del contrato firmado con la estadounidense Chevron.
La jueza María Cristina Carrión de Lorenzo avaló la postura de la petrolera y ahora el caso volverá a la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo, que en un primer momento había fallado a favor de la compañía.
Una semana atrás, la magistrada había ordenado a la empresa revelar todas las cláusulas del documento, ratificando así un fallo de la Corte Suprema que en noviembre hizo lugar a la demanda iniciada por el entonces senador socialista Rubén Giustiniani.
El senador había pedido en 2014 a la empresa una copia del acuerdo basándose en el derecho de acceso de información pública, pero tras la negativa de la compañía el legislador acudió directamente a la Corte Suprema, que le dio la razón.
El último escrito de apelación de YPF estuvo amparado en los mismos argumentos por los que en una primera instancia intentó convencer -sin éxito- a Carrión de Lorenzo para que revea la sentencia de la Corte y que ciertos datos se mantuvieran en reserva al considerarlos información estratégica.
En su reciente apelación, YPF había insistido con que la inversión de Chevron "cumple con todas las normas legales aplicables y en ningún caso se han utilizado sociedades constituidas en paraísos fiscales de acuerdo con lo dispuesto por la normativa de la República Argentina".
La compañía sostuvo que la decisión de no dar a conocer algunas cláusulas se toma "en salvaguarda del interés público y el de sus accionistas (públicos y privados)".
Mientras tanto, sectores políticos que apoyan la iniciativa de Giustiniani comenzaron a juntar firmas en una plataforma web para solicitar a YPF que dé expreso cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y entregue el contrato firmado con Chevron sin ningún tipo de enmienda.
Consideran en la web change.org que la libertad de información es un "derecho humano fundamental" y remarcan que "las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no son suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiera comprometer secretos industriales, técnicos y científicos". (ambito.com)
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