Juegos de Azar: ¿No va más?
Pretenden que las salas de juego no se puedan abrir en cualquier lado. La iniciativa también tocaría a las que ya se encuentran funcionando. Se viene la polémica
No cabe duda de que la industria del juego en la Argentina creció firmemente, y que cada vez son más millones los que maneja el sector. Dan cuenta de ello la cantidad de casinos, bingos y salas de juegos que se abrieron en los últimos años en diferentes puntos del país. Y un dato que sorprende y resulta llamativo es la apertura de monstruosas casas de juegos en pequeñas localidades del interior de las provincias. Por ello, días atrás, diputados nacionales de diferentes bloques impulsaron un proyecto de ley que seguramente va a dar qué hablar. La iniciativa se refiere a los juegos de azar, y no pretende prohibirlos sino lograr que solamente estén permitidos en las denominadas “zonas turísticas de juego”. Los argumentos a los que recurren los legisladores se basan en que dicha industria está siendo financiada por la “cultura de la pobreza”. Entonces: ¿cuál es el fin de este proyecto? ¿Cuáles son los alcances de la propuesta? Veamos.
Polémica en puerta
Días atrás se presentó un proyecto de ley con el fin de intentar llevar transparencia a la denominada industria de los juegos de azar, que tantos millones de pesos mueve en el país. En principio, la propuesta que fue impulsada por el diputado nacional por la Coalición Cívica Juan Carlos Vega y apoyada por legisladores de diferentes fuerzas políticas, no pretende la prohibición de los juegos de azar, sino simplemente limitarlos y asociarlos a la industria del turismo. Es decir, la idea es que a partir de la sanción de la ley sólo queden legalizadas las salas que se encuentren ubicadas en las denominadas zonas turísticas de juego, declaradas por la autoridad de aplicación de la ley federal de Turismo.
Asimismo, el proyecto plantea un cambio en cuanto a la forma de concebir el juego. Es decir, no tenerlo como una actividad económica en sí misma sino como contributiva de la actividad económica turística, ya que “sólo en esa inserción económica -el turismo- se justifica una industria del juego. La generación de trabajos y fomento a la dinámica económica global del país sólo se concibe y es sustentable en la medida en que el juego sea parte integrante de la actividad económica del sector turismo”, argumenta el autor de la iniciativa.
Además, agrega: “El juego no es una actividad económica autónoma. De serlo, lo sería a costa de los sectores sociales más desprotegidos de la sociedad”. Por ello se propone que la norma habilite este tipo de actividad sólo en zonas turísticas declaradas como de juego por la autoridad de aplicación.
Entonces, de prosperar la iniciativa surge la pregunta: ¿qué sucedería con las salas de juegos de azar que ya están instaladas en diferentes regiones del país, que a simple vista y en términos turísticos no presentan ningún tipo de atractivo? Es un punto que tapoco escapa al proyecto, y plantea que las salas de juego que ya se encuentran funcionando tendrán un plazo de dos años para adecuar su actividad a la norma. ¿Qué significa esto?, que si están ubicadas en zonas que no son turísticas de juego deberán cerrar sus puertas o trasladarse a sitios que sí se encuentren habilitados para tal fin.
Los cambios
Para llevarse a cabo la propuesta será necesaria la modificación tanto del Código Civil como del Penal.
En cuanto al primero de ellos la reforma estaría dada por la incorporación del artículo 2.052 bis donde se establece que “el juego de azar, con excepción de los hipódromos, loterías y rifas, sólo estará permitido en las zonas turísticas declaradas de juego por la autoridad de aplicación de la ley federal de Turismo”. Además, sufriría cambios el artículo 2.069 donde se aclararía que los juegos que no fueran alcanzados por la ley -en caso de que ésta prospere- “cuando se permitan, serán regidas por las respectivas normas provinciales, ordenanzas municipales o reglamentos de policía”.
Respecto a los cambios en el Código Penal, se incorporarían los “Delitos contra la seguridad ciudadana”, y se sumaría el artículo 208 bis, por el cual se establece que “será reprimido con pena de 1 a 4 años de prisión o reclusión el que por sí o por terceros, en nombre, con la ayuda, o en beneficio de una persona de existencia ideal, organizare, instalare, explotare, difundiere, pusiere en funcionamiento máquinas de juego o por cualquier otro medio, explotare operaciones vinculadas a la industria del juego de azar o pusiere en circulación en el mercado bienes provenientes de tal industria”.
La cuestión es que el proyecto de ley no deja de ser llamativo y que, de prosperar en el Congreso, será inevitable que no levante polvareda en varios sectores, en especial, entre los empresarios que realizaron inversiones millonarias en la industria del juego, cuando vean que deberán cerrar la puerta de sus empresas o trasladarlas hacia un lugar que se encuentre habilitado. Ahora, ¿qué dirán los empresarios del juego por excelencia? ¿Se transformarán en un obstáculo para llevar adelante el proyecto? ¿Influirán las amistades con los K? Ya lo veremos.
Autor de Nota: Revista La Tecla Patagonia-CNA
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