miércoles, 28 de diciembre de 2011

JUSTICIA

SOBRE UN AMPARO CONTRA LAS MAYORÍAS

Abusivo ejercicio de atribuciones procesales

El instituto del amparo es una de las garantías constitucionales. Su uso y abuso en los últimos años merece una reflexión, y es muy interesante el texto de la Defensora del Pueblo de la Ciudad.

por ALICIA PIERINI


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Noticias Urbanas). En vísperas de Navidad se ha llegado al colmo del amparo utilizado por una minoría en contra de las mayorías. Aunque ya hubo muchos antes, es gota que rebalsa el vaso: esta vez una jueza (excelente profesional a la que aprecio) dio lugar a un amparo -sin tiempo de asesorarse técnicamente- y dejó en inseguridad jurídica a todo un sector de la economía, la industria, el trabajo y la ciudadanía en general. 

Así, ordenó al Poder Ejecutivo la suspensión del otorgamiento de permisos de obra o demolición respecto de la totalidad de los inmuebles anteriores al 41 sean o no de valor patrimonial. El porcentaje de casas anteriores al 41 es altísimo. Suspender el otorgamiento de tales permisos contra todas significa lisa y llanamente prohibir que en la ciudad se construya, algo mucho más inconstitucional que el eventual derecho cultural que se pretende amparar. 

La Legislatura –representantes del pueblo- tuvo la cuestión en sus manos y tomó la decisión de no seguir prorrogando la Ley 2.548, ya prorrogada anteriormente por la 3680, que obligaba como requisito previo a obtener permiso de obra, en los casos de edificaciones anteriores a 1941, un paso por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales a fin de que se expida sobre la existencia de valor histórico o arquitectónico. Si lo era, el inmueble no podía demolerse para hacer nueva construcción. En caso contrario sí quedaba libre para nuevas construcciones. 

La inmensa mayoría de lo anterior al 41 con valor histórico o arquitectónico ya ha sido catalogado y por tanto protegido. Por ello no justificaba mantener eternamente esa interdicción sobre la masa de propietarios de casas viejas que quieren desprenderse de ellas, para mudarse o dar lugar a nuevas construcciones. 

La Jueza interviniente en tiempo record otorgó una precautelar que no es para un inmueble (ad casum) sino para la totalidad de los inmuebles pre 1941. Suspensión de permisos de obra significa prohibición de construcciones y de desarrollo urbano, parate en las industrias afines, despidos en masa y crisis económica del sector. Propietarios viejos, o sus sucesores, presos en sus casas viejas ahora devaluadas ¿quién se las va a comprar si no se puede construir? 

Al ordenar dicha cautelar aceptando sin más los argumentos de los peticionantes, la jueza amenaza con un daño jurídico mucho mayor que el derecho que pretende amparar, ya que ha creado una inseguridad jurídica total. No parece que así se cumpla el mandato constitucional de “afianzar la justicia”. 

Creo que se ha hecho un ejercicio abusivo de atribuciones procesales. La mayoría legislativa y los gobernantes electos no valen menos que un magistrado por respetable que éste sea. Si a las decisiones mayoritarias, cuando no gustan, se las puede anular con un amparo “de necesidad y urgencia” –y esto sólo ocurre en nuestra ciudad- cerremos las Facultades de Derecho, archivemos la Constitución y guardemos las urnas. 

Defender derechos es antes que nada, defender al sistema institucional y constitucional de la democracia que es gobierno de mayorías.

No hay comentarios:

Publicar un comentario