El juez Recondo (foto) |
La justicia federal de La Plata declaró este viernes inconstitucional la designación de Juan Manuel Culotta como subrogante en el juzgado con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires. La resolución fue dictada por el juez Alberto Recondo, titular del juzgado federal Nº4 platense.
Recondo había dictado una medida cautelar la suspensión de la asunción de Culotta en el juzgado Nº1, pero la Cámara Federal revocó parte de ese fallo y lo habilitó. Pero ahora, Recondo falló sobre la cuestión de fondo, por lo que Culotta otra vez estaría impedido de quedar al frente del juzgado con competencia electoral.
El Consejo de la Magistratura podrá recurrir el fallo y si consigue la apelación con carácter suspensivo (como ocurrió con la medida cautelar), el juez nuevamente estará en condiciones de asumir hasta que el fallo quede en firme.
La presentación contra el juez vinculado con el macrismo fue realizada por la ONG judicial 'AJUS' que pidió una declaración de certeza sobre la constitucionalidad de la designación de Culotta al considerar que el funcionario no había concursado por la competencia electoral y por, presuntamente, violar resoluciones del Consejo de la Magistratura.
Para el juez Recondo, "si se consideraba que la subrogancia debía ser cubierta por un juez con competencia electoral, debió escogerse a un magistrado con idéntica competencia material de la jurisdicción más cercana, en tanto la Provincia de Buenos Aires -al igual que las restantes Provincias y la Ciudad Autónoma de BuenosAires- cuenta con un único juez electoral".
El Juzgado Federal de Primera Instancia de LaPlata N° 1, con competencia Criminal, Correccional y Electoral se encuentra con su titularidad vacante desde el falleci miento del Dr.Manuel Blanco, ocurrido en septiembre de 2014. De acuerdo al Centro de Información Judicial, en la resolución, y como síntesis del fallo, el magistrado resolvió lo siguiente:
“1) Que hasta tanto se habilite el Juzgado Federal Electoral de la Provincia de Buenos Aires, la competencia del Juzgado Criminal, Correccional Federal Nº 1, Secretaría Electoral de La Plata, debe ser ejercida por un sólo magistrado, por tratarse de órgano unipersonal, conforme las normas que estatuyen su competencia.
2) Que la creación de dicho Juzgado debe establecerse por ley del Congreso de la Nación, quedando reservado a la competencia de la Corte Suprema de Justicia la atribución de disponer su puesta en funcionamiento.
3) Que el Consejo de la Magistratura de la Nación no posee atribuciones legales para crear Juzgados o dividir la competencia de los existentes.
4) Que a los fines de impedir la discrecionalidad en las decisiones y garantizar el principio constitucional del ‘Juez natural’, la atribución de las subrogancias debe quedar explicitada de manera previa y objetiva.
5) Que son los jueces de primera instancia más cercanos en la jurisdicción, y en el orden que establece el fallo ‘Uriarte’, los llamados a subrogar, en ‘… el orden de nómina de los tribunales -número- para aquellas jurisdicciones territoriales en donde tenga asiento más de un tribunal con la misma competencia en razón de la materia y grado…’
6) Que como consecuencia de lo anterior, la designación del Dr. Juan Manuel Culotta, como Juez Federal a cargo de la Secretaría Electoral en el Juzgado Criminal y Correccional Nº 1 de La Plata, resulta inconstitucional.”
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