SOCIEDAD / JUSTICIA
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Lo anticipó Roberto García, en el editorial de su programa La Mirada, el lunes 28/09, al comentar una fotografía de Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: "Se viene una nueva ofensiva contra él. Cristina no se marchará en paz".
En verdad, Lorenzetti conoce el renovado intento de la Presidente de la Nación para, por lo menos, desacreditarlo. Sin duda, es un objetivo compatible con el interés de Cristina Fernández de Kirchner de cubrir su retirada garantizando una estructura de Poder Judicial que no hostigue a los futuros ex funcionarios, comenzando por ella (y algunos que nunca fueron funcionarios tal como su hijo Máximo).
Lorenzetti ya inició su contraataque preventivo. Y destacan 2 decisiones.
> Por un lado, algo que comentó la web DiarioJudicial.com/
"La Corte Suprema dejó en claro que sus fallos, pese a no ser suscriptos por los 5 miembros que deben integrar el Cuerpo, no adolecen de ningún vicio de nulidad. Lo hizo mediante un pronunciamiento en el que rechazó un planteo de nulidad deducido por una abogada que demandó al Poder Judicial de la Nación por daños y perjuicios, y cuyo recurso de queja no fue atendido por haberse producido la caducidad de instancia del trámite ante el Alto Tribunal.
En la causa “C.G.B. c/ el República Argentina - Estado Nacional - PJN s/ daños y perjuicios” la letrada le reclamaba al Estado (Poder Judicial y Consejo de la Magistratura) una indemnización por los daños y perjuicios “derivados de la omisión del deber de administrar justicia”, en diferentes causas en las que estuvo involucrada.
La demanda fue rechazada sobre la base de que “tanto en caso de que la demandante reclamara la reparación de daños por omisión del Estado Nacional por ‘falta de servicio’ o por errores judiciales ‘in procedendo’ cometidos por los magistrados, funcionarios o auxiliares de la Justicia, lo cierto era que tales pretensiones importaban para la actora la carga de individualizar y probar, del modo más concreto posible, el ejercicio irregular de esa actividad”.
(...)
Luego de ser rechazado el recurso extraordinario por la Cámara, la letrada recurrió en queja ante el Máximo Tribunal, que en abril último, en un pronunciamiento que contó con las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, decretó la caducidad de instancia por haber transcurrido un lapso superior en el Código Procesal Civil “sin que la parte haya activado eficazmente el trámite del recurso de queja”.
Como la decisión fue firmada por 3 ministros, la recurrente alegó que era nulo, porque “no resulta legal que el Tribunal esté constituido por una cantidad menor a la de 5 jueces”.
La Corte, nuevamente con el voto de Lorenzetti, Highton y Maqueda, rechazó esa nulidad al considerar que “el planteo es insostenible con arreglo a reiterados precedentes de esta Corte y a lo dispuesto en el art. 23 del decreto-ley 1285/58, en la medida en que el acuerdo en que se dictó la sentencia fue celebrado regularmente pues el juez Fayt decidió no participar, y la decisión cuenta con el voto de la mayoría absoluta de los jueces que integran el Tribunal”.
> Luego, Lorenzetti habló con la prensa al salir de las Jornadas Nacionales sobre Derecho Civil, en la Universidad Nacional del Sur, en Bahía Blanca (provincia de Buenos Aires): "Nuestra función es interpretar la Constitución, y la Constitución no se modifica según quien sea el presidente de la Nación".
Y agregó: "Vamos a seguir funcionando igual que hasta ahora, cuidando los derechos de los ciudadanos. No pueden cambiar las decisiones del tribunal, si cambia el gobierno. Tiene que seguir siempre igual, porque lo que tenemos que hacer es interpretar la Constitución, que no cambia cuando cambia el gobierno".
Al ser consultado sobre el nuevo Código Civil y Comercial, señaló: "A veces se discute el derecho en abstracto, pero nosotros tratamos de hacer un código para solucionarse los problemas a las personas. Y esto se está demostrando porque es impresionante el nivel de aplicación. Rápidamente cuando un juez ve un problema, lo resuelve con el código nuevo. Hay muchísimos fallos en todo el país y en todas las áreas. Esto es muy bueno".
También: "Hace 200 años se regulaba a la persona en abstracto, el ciudadano, pero ahora hay que pensar en la persona concreta, porque el ciudadano de hoy tiene problemas muy concretos. Por ejemplo, la protección del consumidor, que siempre tiene problemas. Como eso le amarga la vida, el código protege al consumidor. También le da derechos a los niños, a ser escuchados. O a los adolescentes, a los que les da derechos, y deberes a los padres".
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