AFI = a la SIDE de Stiusso vs. Pocino.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Al disolver la Secretaría de Inteligencia se establece que traspasarán sus bienes así como también su personal a la futura Agencia Federal de Inteligencia (AFI), que mantendrá “sus respectivos niveles, grados y categorías” aunque podrá asignársele “nuevas funciones derivadas de los sustanciales cambios previstos en esta ley”.
Habrá que esperar a su implementación para saber si efectivamente se producirán bajas en el organismo. El proyecto propone instrumentar una “profunda reformulación en el proceso de ingreso” de nuevo personal aunque no brinda mayores detalles salvo “criterios de transparencia” y un fortalecimiento del “control disciplinario”.
Se mantiene el control por parte de la Comisión Bicameral de Seguimiento de los organismos de Inteligencia, cuya inactividad ha sido cuestionada por orga nismos de derechos humanos y fuerzas de la oposición.
El proyecto de creación de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) consta de 28 artículos y establece que el organismo ser conducido por un director y un vicedirector.
Sin embargo, la propuesta no establece el período del mandato de ambos funcionarios y otorga al Poder Ejecutivo el poder para removerlos.
Los principales puntos del proyecto:
-El proyecto define "inteligencia nacional a la actividad consistente en la obtención, reunión sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, riesgos, y conflictos que afectan la seguridad de la Nación y sus habitantes para la prevención de amenazas internacionales provenientes del terrorismo, narcotráfico, trata de armas, trata de personas, ciberdelitos contra el orden económico y financiero, como también toda otra forma de criminalidad organizada transnacional".
-Las tareas de inteligencia interior quedarán limitadas a la investigación de delitos complejos, inteligencia criminal compleja o atentados contra el orden institucional y el sistema democrático.
-Las actividades de inteligencia deberán ser informadas a las autoridades máximas y en caso urgencia, los agentes tendrán un plazo de 72 horas para comunicar a los responsables del organismo. Aclara que la obediencia debida no podrá ser alegada como ‘eximente de responsabilidades.
-La Agencia Federal de Inteligencia (AFI) será el organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional.
-Conducida por un director general que tendrá rango de ministro y designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.
-También tendrá un subdirector general que tendrá rango de secretario de Estado.
-El cese de ambos funcionarios podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo nacional
-La AFI deber quedar constituida en el plazo de 90 días.
-Se transfiere a la órbita de la AFI el personal, bienes, activos y patrimonio de la Secretaria de Inteligencia, como así también la competencia y el personal de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente del Ministerio de Seguridad.
-La relación de la AFI con otros organismos del Estado o funcionarios sólo podrá ser ejercidas por el director, subdirector o la persona designadas por las autoridades.
-La desclasificación de información, documentos o material no podrá ser inferior a los 25 años a partir del momento que se dispuso su clasificación.
-Se establece un Banco de protección de datos y archivos de inteligencia, que estar a cargo de ‘un funcionario responsable de garantizar las condiciones y procedimientos de recolección y almacenamiento".
-La Dirección de Observaciones Judiciales será transferida al Ministerio Público Fiscal y ser el único órgano del estado autorizado para realizar "las interceptaciones o captaciones" dispuestas por orden judicial.
-Se establecen penas de 3 a 10 años a aquellos agentes que transfieran, capten o intercepten ‘indebidamente‘ información derivada de las tareas de inteligencia.
En 2003 Néstor Kirchner ya tenía la idea de remodelar la por entonces Side, y así lo contó diario La Nación, el 19/10/2003:
"(...) Una nueva SIDE se construye en secreto en estas horas por decisión del Presidente. Ya está en ejecución una profunda reforma planteada por etapas, que comenzó por un "blanqueo de fondos" que alcanza los cien millones de pesos y por una depuración interna: hace 72 horas despidieron a más de 160 espías. Antes de fin de mes el número de agentes de inteligencia que serán apartados del organismo subirá a 400 aproximadamente.
Los próximos objetivos son reclutar nuevos espías, redefinir el perfil de la secretaría y modificar la estructura, y los programas y profesores de la Escuela Nacional de Inteligencia, donde se forman los agentes del país. Mientras tanto, se avanzará con el estudio de cada uno de los legajos de los espías que están bajo la lupa del jefe de la SIDE o Señor Cinco, como se dice en la jerga interna, Sergio Acevedo. Más del 10% de ellos fue pasado a disponibilidad o están a punto de comunicárselo. (...)".
En 2015, estos son los puntos salientes de la iniciativa:
Disolución de la Secretaría de Inteligencia
"Esta es una deuda de la democracia. Tal vez me toca a mí hacer la reforma. Hemos visto una suerte de calesita permanente de fiscales, jueces, medios de comunicación, que evidentemente ha quedado a descubierta y que hay que cortar de cuajo", dijo Cristina al anunciar el cese de la SI y el envío del proyecto de nueva Agencia Federal de Inteligencia.
Agencia Federal de Inteligencia
El nuevo organismo, que seguirá dentro de la órbita del Poder Ejecutivo, tendrá, sin embargo, un director y un subdirector que, si bien serán designados por el PE, deberán pasar por la aprobación del Congreso.
Las tareas
El proyecto establece que "el trabajo de la inteligencia nacional consiste en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad de la Nación y sus habitantes". Y tipifica, específicamente, en qué consiste cada hecho para la prevención de amenazas internacionales provenientes del terrorismo, el narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas, los cyber-delitos y los delitos contra el orden económico y financiero, como así también toda otra forma de criminalidad organizada en forma internacional. Además, se dispone que las actividades de inteligencia interna quedaran fijas a delitos federales graves. Se establece, también, que la Agencia será el órgano superior de estas tareas.
Sistema de Observaciones Judiciales
La Agencia Federal de Inteligencia será el órgano superior que estará a cargo de las tareas vinculadas con las escuchas que ordenen los jueces. Se establece, además, la transferencia a la Procuración del Ministerio Fiscal, del Sistema de Observaciones Judiciales que hasta ahora estaba en el ámbito del Poder Ejecutivo.
En su mensaje, Cristina explicó esta medida en función de que el Ministerio Público Fiscal es el único Ministerio extra-poder, es decir, que no depende de ninguno de los tres poderes del Estado. De ahora en más, todo juez o fiscal que pueda pedir una escucha, deberá dirigirse al Ministerio de la Procuración Fiscal.
Ámbito de Incumbencia
La Agencia trabajará en un ámbito concreto de defensa frente a ataques externos o frente a delitos complejos por su globalización, como la trata de personas, el narcotráfico, el ciber-delito, o los delitos económicos. Las actividades de inteligencia interna solo quedarán limitadas a la investigación en materia de delitos federales complejos, inteligencia criminal o atentados contra el orden institucional o constitucional que prevé el artículo 36 de la Constitución nacional.
Plazo de vigencia
La Presidenta informó que pidió que el proyecto establezca un plazo no prorrogable de 90 días para entrar en vigencia.
AFI y los poderes públicos
La ley establece una limitante muy importante ya que impone que toda relación o actuación entre la Agencia Federal de Inteligencia y funcionarios o empleados de cualquiera de los poderes públicos federales, provinciales o locales, solo podrá ser ejercida por el director general o por el subdirector. Esto significa que la única vía que tienen los funcionarios para conectarse con la Agencia Federal de Inteligencia, va a ser, precisamente, la institucional en la persona de su director general y su director.
Protección de datos
Se crean los bancos de protección de datos y archivos de inteligencia que tendrán como objetivos controlar el ingreso y salida de información en las bases de datos y archivos de inteligencia garantizando de manera prioritaria su reserva constitucional y legal; asegurar que aquellos datos de inteligencia que, una vez almacenados, no sirvan para los fines establecidos sean destruidos y garantizar que la información no sea almacenada en las bases de datos de inteligencia por razones de raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, de derechos humanos, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier otra esfera.
Sanciones
Se establecen penalidades para quienes no cumplan con las disposiciones vigentes, llevándose de 3 a 10 años, o sea, a un delito no excarcelable, a toda persona que interceptare, captare, desviare ilegalmente y en contra de disposiciones de esta ley, comunicaciones telefónicas, postales, de telégrafo o facsímil o de cualquier otro envío de objeto de transmisión de imágenes, voces, paquetes de datos, archivos. Y también, serán reprimidos todos aquellos empleados o funcionarios que tomen -y aquí se crea un nuevo delito- contacto con los servicios de inteligencia por afuera de los canales institucionales.
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