martes, 20 de febrero de 2018

CHAU INDULTO: FUJIMORI SERÁ PROCESADO POR EL ASESINATO DE 6 CAMPESINOS

AMÉRICA LATINA / EL ASESINATO FUE EN 1992 



(U24) - La justicia de Perú resolvió que no procede la aplicación de la Resolución Suprema 281-2017-JUS que concedió el derecho de gracia por razones humanitarias al ex presidente Alberto Fujimori; y en consecuencia ordenó que sea procesado por el Caso Pativilca, como presunto autor mediato del delito de homicidio calificado y contra la tranquilidad pública en la modalidad de asociación ilícita para delinquir en agravio del Estado.


El hecho ocurrió en 1992. A continuación, explicamos punto por punto en qué consiste este nuevo caso que el ex mandatario, que recibió el indulto humanitario y derecho de gracia, deberá enfrentar: 

1. ¿QUÉ OCURRIÓ EN PATIVILCA?

 El 29 de enero de 1992, un destacamento del Grupo Colina secuestró, torturó y asesinó a seis campesinos de los anexos El Caraqueño y San José, en el distrito de Pativilca (Barranca). Semanas previas, habían recibido información de presuntas actividades terroristas en la zona.

Al mando de Martín Rivas, los Colina obtuvieron una lista de nombres de parte de un delator y se acercaron casa por casa para buscarlos.

 Los ejecutados de manera extrajudicial aquel día fueron: Jhon Calderón Ríos (18), Toribio Ortiz Aponte (25), Felando Castillo Manrique (38), Pedro Agüero Rivera (35), Ernesto Árias Velásquez (17) y César Rodríguez Esquivel (29).

 En el 2006, ex miembros del Grupo Colina reconocieron la autoría directa de los homicidios, ya que por años se tuvo la idea de que fueron terroristas de Sendero Luminoso quienes lo perpetraron. Además, indicaron que estos no se cometían sin la aprobación de sus superiores.

 2. ¿POR QUÉ FUJIMORI NO FUE JUZGADO ANTES POR ESTE CASO?

 El Gobierno Peruano, en octubre del 2015, aprobó pedirle a la justicia de Chile la ampliación de extradición de Fujimori por el Caso Pativilca. Esto fue posible luego de que fuera aprobado, previo pedido de la fiscalía, por un juez del Tercer Juzgado Penal Nacional.

 En septiembre del 2007, la justicia chilena había aprobado la extradición de Alberto Fujimori, entre otros, por las matanzas de Barrrios Altos y La Cantuta, perpetradas también por el Grupo Colina.

Ello permitió de que fuera juzgado por estos hechos y condenó, dos años después, a 25 años de cárcel por autoría mediata de los homicidios.

 De acuerdo al tratado de extradición con Chile, un extraditado solo puede ser procesado en Perú si es que la solicitud es aprobada por sus fueros judiciales. En junio del 2017, la Corte Suprema de Chile dio el visto bueno al pedido peruano y resolvió ampliar la extradición de Fujimori para que sea juzgado por el Caso Pativilca. Al mes siguiente, la fiscalía presentó su acusación. Pidió 25 años de cárcel.

 3. ¿DE QUÉ SE LE ACUSA A FUJIMORI?

 El fiscal Luis Landa pidió que Alberto Fujimori se mantenga en prisión por presuntamente ser el autor mediato de los homicidios en Pativilca. Ello, al recoger los testimonios de colaboradores eficaces que decían que los asesinatos de los seis campesinos no hubieran ocurrido si no tenían la aprobación del ex mandatario, como señala la sentencia de los casos Barrios Altos y La Cantuta que lo condenó a 25 años.

 Según la fiscalía, las acciones del Grupo Colina respondían a una cadena de mando que tenía como último eslabón a Fujimori. El fiscal, en su acusación, también incluye al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos y al ex jefe de las FF.AA. Nicolás Hermoza Ríos, entre otros, por quienes pidió un a pena igual a la del ex presidente.

 El magistrado sostuvo que en el régimen fujimorista se implementó una política antisubersiva que comprendía la ejecución extrajudicial sistemática de personas sospechosas de integrar grupos terroristas.

 4. LA POSTURA DE LOS ESPECIALISTAS

 Al día siguiente de que el presidente le otorgara, además del indulto por razones humanitarias, la gracia presidencial a Alberto Fujimori, se inició el siguiente debate:

¿Esta medida lo excluye del Caso Pativilca? La gracia presidencial ordena que terminen todos los procesos que el beneficiado tiene pendientes con la justicia.

Sin embargo, esta tiene una condición: solo puede ser aplicable cuando la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliación (24 meses).

 Diversos penalistas, como el ex procurador César Azabache e Yvan Montoya, sostienen que procede el juzgamiento a Fujimori por lo sucedido en Pativilca.

Ello, por una razón sencilla: la instrucción al ex mandatario recién comenzó cuando fue aprobada por la justicia de Chile, es decir, en junio último, por lo que no cumple con los plazos que establece la Constitución, en el numeral 23 de su artículo 118.

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