POLÍTICA / CURIOSAS INVERSIONES
La viabilidad de muchos de los proyectos aprobados por el gobierno nacional para producir energías renovables dependerá de una de las cajas que el blanqueo deberá llenar, la de los fondos comunes de inversión (FCI) abiertos o cerrados que se destinen a proyectos de infraestructura, productivos o de vivienda.
Al ser como una suerte de fideicomiso, que se integra con recursos que se le destinen del blanqueo, y que por permanecer 5 años inmovilizados están exentos del impuesto especial del 10% establecido para los capitales que sean exteriorizados, se convierten en una fuente de financiamiento alternativa a la bancaria y que mejorará las condiciones para promover los proyectos de energías limpias.
Los chivos, muchas veces, suelen contener informaciones útiles y un colega que los trafica de maravillas en una newsletter de circulación reservada llamada Il Ristretto muestra por dónde viene la mano: se lanza el primer FCI cerrado “que busca ser una alternativa de inversión para cobijar flujos de fondos que generará el Régimen de Sinceramiento Fiscal”, según consigna.
La otra es constituir un bono de los 2 que emitirá el gobierno para congelarlos a tasa 0%.
Revela la publicación de marras que el FCI lo forma un grupo liderado por Marcelo Menéndez (SBS) en sociedad con Pampa Energía de Marcelo Mindlin, que se adjudicó tres proyectos (uno eólico y dos térmicos).
Su nombre es Pampa Energía SBS / FCIC. Lo solicitó ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), SBS Asset Management; es cerrado para invertir en energías renovables, asciende a US$ 300 millones, la rentabilidad esperada está en el orden del 5 al 7% anual y se cree que será aprobado y colocado antes de fin de año.
LOS TRES PROYECTOS
Los tres proyectos de Pampa Energía de los que se ocupará el FCI a constituir son: un parque eólico en la zona de Bahía Blanca, que acaba de ser adjudicado en el marco del Programa Renovar. Aportará 100 nuevos MW al sistema eléctrico y demandará una inversión de alrededor de US$135 millones.
Hay otros dos de energía térmica. Al mismo tiempo, en Loma de la Lata, ampliará la central con la instalación de una nueva turbina de 100 MW. Y también instalará una nueva central que producirá 100 MW en el Parque Industrial Pilar.
Ambos proyectos requerirán una inversión de US$185 millones. Toda esta información fue proporcionada por Claudio Destéfano.
Como todos los emprendimientos de las tecnologías biomasa, biogás y mini-hidroeléctricos que se presentaron al Programa RenovAr decidieron aceptar la propuesta del Ministerio de Energía por adecuarse a los respectivos precios tope para establecer Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, no obstante lo cual los oferentes esperan mejores condiciones para futuras licitaciones, la financiación asume un rol clave en la factibilidad para concretarlos.
Es que en la ejecución de los proyectos de biomasa, biogás y pequeños aprovechamientos hidroeléctricos (PAH) tuvieron que aceptar la propuesta que el Ejecutivo Nacional lanzó a partir de la publicación de la Resolución 213 para no quedar afuera.
Al tener que reducir sus Precio Ofertado Ajustado (POA) a los topes que determinó el Ministerio de Energía para cada tecnología: US$110 por MWh para biomasa, US$105 por MWh para PAH y US$160 por MWh para biogás, algunos empresarios manifestaron su queja ante una propuesta que consideran demasiado baja para la incorporar 34,5 MW al parque eléctrico argentino: 11,4 MW provenientes de PAH; 14,5 MW de biomasa; y 8,6 MW de biogás.
El titular de Federación de Cooperativas Federadas (FECOFE), Juan Manuel Rossi, reconoció que dado al ajuste del precio por MWh que propuso Nación, ahora deberán conseguir financiamiento “a una tasa que sea razonable”, cercana al 4 %.
“Nuestro objetivo sería colocar una planta de biogás en cada pueblo donde tenemos una cooperativa, pero el Gobierno nacional nos tiene que dar esa posibilidad apoyándonos”, consideró Rossi.
FECOFE, que junto a Grupo IFES presentaron un proyecto en Córdoba de 2 MW denominado ‘Huinca Renancó’, declaró a energiaestrategica.com que “estamos aceptando en disconformidad porque no hemos sido escuchados”.
Ahora los oferentes deberán bajar por lo menos US$34 por MWh su POA, ya que la oferta que habían realizado era de US$193,02.
“Necesitamos aceptar porque parte de la inversión ya está hecha y queremos poner en marcha el proyecto”, amplió Rossi.
“Tenemos muchas incertidumbres y aceptamos la propuesta justamente por esas dudas: no sabemos si habrá una licitación para bioenergías a futuro y cuáles serán las condiciones que se van a establecer”, lamentó el empresario.
Según la publicación especializada energiaestrategica.com, buena parte de los proyectos atraviesan la misma situación. Uno de ellos es Pindó Eco, de 2 MW, presentado en Misiones, que funcionará a partir de la biomasa del aserradero denominado con el mismo nombre.
“Vamos a adecuar el precio porque ya tenemos el proyecto muy avanzado” , señaló a ese medio Andrés Scherer, director y socio de Pindó S.A.
El aserradero hace más de un mes que cuenta con una turbina de 4 MW instalada y lista para funcionar, pero que sólo están aprovechando la mitad de la potencia para su auto-abastecimiento.
Según Scherer, durante el primer semestre del 2017 ya podrán estar entregando energía, dado que sólo deben montar una subestación eléctrica.
LA RUEDA FINANCIERA
Estas nuevas condiciones situaron al resultado del blanqueo en el centro de atención de las empresas que presentaron proyectos, en virtud de que los bancos aún no acomodaron su operatoria a este tipo de créditos de largo plazo para ofrecer tasas más competitivas.
Una resolución publicada en el Boletín Oficial consigna que la CNV incorporó a sus normas (NT 2013), en el apartado de Fondos Comunes de Inversión, varios artículos vinculados y aplicables exclusivamente a los FCI abiertos o cerrados integrados para el blanqueo.
Son ellos:
- Las cuotapartes no podrá ser inferiores a US$250 mil ni superiores a US$ 10 millones o su equivalente en otras monedas.
- El Fondo deberá tener un mínimo de 10 cuotapartistas.
- El monto de emisión de cuotapartes del Fondo no podrá ser inferior a u$s 10 millones.
- El Fondo deberá contemplar, como mínimo, el desarrollo de tres proyectos, de los cuales ninguno puede representar más del 50% del patrimonio del Fondo.
- Hasta el 25% del patrimonio del Fondo podrá ser invertido en acciones que cuenten con autorización de oferta pública y sean emitidas como consecuencia de un aumento de capital, por sociedades cuya actividad principal coincida o esté relacionada en forma directa con el objeto de inversión del Fondo.
- Se admitirá la inversión en acciones de sociedades que no se encuentren en el régimen de la oferta pública sólo cuando las mismas resulten emitidas como consecuencia de un aumento de capital. La actividad de la sociedad deberá coincidir o relacionarse en forma directa con el objeto de inversión del Fondo.
- Los cuotapartistas gozarán del derecho a la distribución de utilidades que arroje el Fondo (cuando así lo establezca el Reglamento de Gestión).
- Durante el plazo de permanencia de la inversión indicado en el artículo 42 inciso b) de la Ley N° 27.260 (los cinco años necesarios para no pagar el “impuesto especial” del blanqueo), el cuotapartista podrá vender su participación, reinvirtiendo el total en cuotapartes de otro Fondo Común de Inversión Cerrado constituido en los términos de la presente Sección.
FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN ABIERTOS
- Deben contener en su denominación una referencia a la Ley N° 27.260.
- El monto mínimo de suscripción para la adquisición de cuotapartes no podrá ser inferior a u$s 250 mil o su equivalente en otras monedas.
- Los cuotapartistas gozarán del derecho a la distribución de utilidades que arroje el Fondo (cuando así lo establezca el Reglamento de Gestión).
- El producido total del rescate de las cuotapartes suscriptas e integradas con fondos provenientes de la aplicación de la Ley N° 27.260 deberá ser reinvertido, antes del 11 de marzo de 2017, en un Fondo Común de Inversión Cerrado constituido en los términos de la presente Sección.
DISPOSICIONES COMUNES A FCI ABIERTOS Y CERRADOS
- Las suscripciones y los rescates y/o reintegros de cuotapartes podrán efectuarse en una moneda distinta a la del Fondo.
- El cumplimiento del plazo de permanencia previsto por el artículo 42 inciso b) de la Ley N° 27.260 se computará, en caso de corresponder, desde la fecha de depósito en la Caja de Valores del certificado de las cuotapartes del Fondo Común de Inversión Abierto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario