SOCIEDAD / BOLETÍN OFICIAL
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó cambios en el régimen general de equipaje para los residentes en el país que viajen al exterior, a fin de “simplificar las formalidades y requisitos exigibles” en el retorno al país.
La resolución general 3991-E, publicada este jueves (09/02) en el Boletín Oficial, justifica el uso de “nuevos controles inteligentes, con el fin de optimizar la aplicación de la normativa aduanera”, a partir de mañana, viernes.
La iniciativa especifica que los residentes argentinos que regresen del exterior serán clasificados entre los que tengan bienes para declarar y los que no, según indiquen previamente en el formulario correspondiente, que será suministrado por parte de la empresa de transporte.
Retirado su equipaje, el viajero deberá dirigirse hacia la zona de revisión próxima a la salida para formalizar, en todos lo casos, la declaración mediante la presentación del formulario OM-2087/G3 o OM-2087/G4, provistos por las compañías de transporte, la Aduana o el sitio web de AFIP.
A partir de allí, se habilitarán dos filas, según sea que se trate de viajeros que reconozcan bienes a declarar o no.
Aquellos que no tengan bienes para declarar pasarán por una fila, en la cual habrá control de equipaje aleatorio aunque será revisado mediante controles no intrusivos (escáner).
De este modo, las valijas no serán abiertas salvo que se detecte una irregularidad. En el caso que se haya incumplido al no hacer las declaraciones correspondientes o se exceda la franquicia de 300 dólares, se procederá a secuestrar dichos bienes.
El servicio aduanero, de todos modos, “se reserva la potestad de reconducir al pasajero a los puntos de control para revisión de su equipaje”, añade la norma.
Además, se podrá ordenar la verificación física de los viajeros y sus equipajes según “los perfiles de riesgo elaborados por la Subdirección General de Control Aduanero, de lo visualizado en el escáner o cuando los mismos resultaren sospechosos”.
La AFIP advirtió que “de constatarse que el viajero posee bienes adquiridos en el exterior que exceden la franquicia sin declarar en los formularios respectivos, el servicio aduanero procederá a labrar un acta, secuestrar dichos bienes e iniciar la denuncia pertinente”.
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