lunes, 9 de febrero de 2015

INÉDITO: LA CCORTE BONAERENSE ORDENÓ AL GOBIERNO A INFORMAR LOS DÍAS SIN CLASES

AGENCIA / EL BONAERENSE 



 La Corte Suprema de Justicia de la provincia Buenos Aires. 

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- En octubre de 2014, los ministros de Educación reunidos en el Consejo Federal aprobaron el miércoles (22/10) iniciar el ciclo lectivo 2015 el 2 de marzo y finalizar el 18 de diciembre en todo el país, unificando así la fecha en la provincia de Buenos Aires y la Ciudad.



Sin embargo, se venía de un 2014 con conflictos salariales con los docentes y los feriados restaron días de clases. Pero mucho antes, en 2007, la organización ADC había presentado un amparo porque el Gobierno provincial no le informaba sobre los días de clases que habían tenido los estudiantes secundarios.

“La información que se pidió serviría para que los habitantes de la provincia de Buenos Aires evalúen si su gobierno está cumpliendo con su obligación de garantizar el derecho a la educación”, argumentó ADC que apuntó a la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense, que dirige Nora de Lucía, porque no cumplió con el derecho al acceso de información pública.

La Corte decidió que la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia debe informar, en el plazo de quince días, la cantidad de días de clase no dictados por la ausencia de docentes en 36 escuelas provinciales.

La agencia InfoGEI recuerda que causa había iniciado en el año 2007, cuando la Asociación de Derechos Civiles (ADC) presentó una acción de amparo dado que la Dirección de Educación Secundaria del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires no respondió un pedido de información acerca de cuántos días sin clases habían sufrido los alumnos de un listado de establecimientos detallados en la solicitud.

 En primera instancia el pedido fue rechazado, así como ante la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo, con el argumento de que se solicitaba información que no existía y debía ser procesada por el Estado.

No obstante, la causa obtuvo el aval de la Corte bonaerense que consideró que la falta de respuesta de la cartera educativa era “ilegítima y violatoria” del derecho de acceso a la información. En su sentencia, el máximo tribunal provincial sostuvo que “la adecuada publicidad de los actos (…) coadyuva a la transparencia de la gestión pública, fortalece la relación de confianza entre los ciudadanos y el Estado, facilita los controles del obrar público y estimula la eficiencia y efectividad de las administraciones. La opacidad, la reserva extrema o el secreto, por el contrario, reñidos con tales principios, dan lugar a diversos tipos de disfunciones, incompatibles con un Estado de Derecho”.

También observó que “la Constitución nacional (…), al igual que la Constitución provincial, establecen el principio republicano de gobierno; una de cuyas manifestaciones primordiales reside en la exigencia de publicidad de los actos de las autoridades del Estado. Con ello se procura que los ciudadanos puedan conocer los actos de gobierno, como modo de controlar a sus representantes, condición inherente a la democratización del poder. Así, por regla general, toda persona ha de tener acceso a la información pública.”

La sentencia contó con el voto favorable de los jueces Daniel Fernando Soria, Hilda Kogan, Eduardo Néstor de Lázzari y Juan Carlos Hitters. Votaron en disidencia los magistrados Luis Esteban Genoud, Héctor Negri y Eduardo Pettigiani.

Por otro lado, este lunes volverá a reunirse la mesa de paritaria para intentar acordar los salarios docentes del 2015. Hay diferencias en torno a la mejora del 8% para enero y febrero.

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