ECONOMÍA / INDEMNIZACIONES Y VENTAS DE INMUEBLES
(U24) - "Tenemos los impuestos más altos del mundo, hay que bajarlos", se había quejado Mauricio Macri el miércoles desde Trenque Lauquen. Un día después, en el Boletín Oficial se publicó un decreto reglamentario que grava con el impuesto a las Ganancias a las indemnizaciones de despedidos de puestos gerenciales y la venta de inmuebles.
"Lamentablemente, una parte de lograr el déficit 0 el año que viene es el aumento de impuestos, y otra parte con la reducción de gastos", se sinceró el mandatario este jueves, esta vez en Córdoba.
El decreto publicado este jueves, el 976/2018, reglamenta algunos aspectos de la reforma tributaria sancionada el año pasado, que incluye un capítulo dedicado al impuesto a las Ganancias.
Las indemnizaciones por despido de directivos y ejecutivos de empresas —públicas o privadas— comenzarán a tributar el impuesto, ya que con los cambios se consideran como parte de las ganancias de la llamada cuarta categoría: los ingresos del trabajo en relación de dependencia.
Se estableció que pagarán el impuesto sobre sus indemnizaciones las personas que durante un año anterior al despido ocuparon cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas.
También aquellas cuya remuneración bruta mensual supere en al menos 15 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a la fecha de la desvinculación. Actualmente, pasarán a tributar los que tengan un sueldo bruto de más de $160.500 pero a partir de junio de 2019 el monto se elevará a $187.500.
Se estableció que pagarán el impuesto sobre sus indemnizaciones las personas que durante un año anterior al despido ocuparon cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas.
También se reglamentaron los casos de operaciones de venta de inmuebles que están alcanzadas ahora por el impuesto. La Reforma Impositiva eliminó, en el caso de que no se trate de "casa-habitación", el pago del Impuesto de Transferencia de Inmuebles (ITI) del 1,5% del total y lo reemplazó por el Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la renta de capital que se genera por la venta de una segunda casa.
Pero este cambio solo abarca a las propiedades adquiridas después del 01/01 de 2018, no importa en qué momento se vendan.
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