SOCIEDAD / ANMAT
(U24) - En el caso de la barrita de granola, de la marca El Olivo, la Anmat dispuso la prohibición de comercialización porque "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal".
"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio" de la Argentina.
La Anmat también prohibió la elaboración y comercialización de todas las especialidades medicinales "cuya titularidad detenta la firma Roux Ocefa S.A." porque los establecimientos que producen y/o fraccionan medicamentos y drogas destinadas a ser utilizadas en la preparación de medicamentos deben "funcionar bajo la dirección técnica de profesionales universitarios farmacéuticos o químicos u otros profesionales con títulos habilitantes", y no fue el caso tras una inspección en plantas de esa empresa.
Finalmente, la Anmat prohibió el uso, la comercialización y la distribución de varios productos médicos: un arpón para reconstrucción ligamentaria, una hoja de cirugía artroscópica, cuchillas quirúrgicas artroscópica y hoja de cirugía artroscópica.
No hay comentarios:
Publicar un comentario