viernes, 21 de noviembre de 2014

CON UN DECRETO DE CAVALLO,ECHEGARAY SALE A CAZAR MONOTRIBUTISTAS SIN POSTNET

AGENCIA / ECONOMÍA


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que conduce Ricardo Echegaray, desempolvó el recordado decreto 1.387/2001 emitido en la época en que el ex ministro de Economía de la Alianza, Domingo Cavallo, instauraba el ‘corralito’ para sancionar a los monotributistas que no ofrezcan el servicio de posnet para cobrar las ventas mediante tarjeta de débito y crédito.



La AFIP está recorriendo los comercios y labrando actas de infracción a los monotributistas que no tienen posnet, apoyándose en la letra de la norma que dispone claramente que “los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar como medio de pago, transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito”.

Según recuerda el portal IProfesional, el objetivo del decreto era "fomentar la utilización del dinero depositado en las instituciones financieras y que el mismo circulara aceitando la actividad económica sin que ello afectara la solvencia de las instituciones bancarias".

"Nunca tuvo como motivación principal un tema impositivo”, agregaron desde el blog Contadores en Interacción.

"Si bien la resolución general 1.166 nunca menciona a los monotributistas, ello no significa que los mismos se encuentren excluidos de la normativa debido a que la misma es para los contribuyentes definidos de forma genérica", señalaron los expertos consultados por este medio.

El objetivo de la AFIP es combatir las ventas en efectivo que generan la falta de facturación y el enanismo fiscal.

Sin embargo, existe un tratamiento discriminatorio hacia ellos: "Mientras que a los Responsables Inscriptos se les permitió y se les permite descontar una parte del costo como crédito de impuestos, los monotributistas tienen vedado la posibilidad de imputarse importe alguno como pago a cuenta de sus obligaciones fiscales”.

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