jueves, 3 de noviembre de 2016

AVANCE SOBRE LOS FUEROS PARA EVITAR "ESCUDOS DE IMPUNIDAD"

ENTRE RÍOS / FRENO A LA CORRUPCIÓN
 
ESTEBAN VÍTOR


PARANÁ. “Con el paso del tiempo las inmunidades y prerrogativas orientadas a proteger al Poder Legislativo y a garantizarle su funcionamiento, derivaron en interpretaciones cada vez más laxas y contrarias al espíritu de la Constitución Nacional y Provincial, que se erigieron, en realidad, en un escudo de impunidad que favoreció y ocultó delitos de corrupción para que sus responsables evadieran la responsabilidad por su comisión”,expuso el diputado provincial Esteban Vitor (Cambiemos-Pro), al explicar el proyecto de ley que impulsa y que propone cambios en varios artículos del Código Procesal Penal que promueven una nueva interpretación y uso de los fueros parlamentarios. 


Con estos cambios, los fueros sólo podrán utilizarse para los casos de las opiniones que el legislador, magistrado o funcionario emita en ejercicio de su función o con motivo de las actividades propias del cargo, pero nunca para sus actos de carácter privado.

El objetivo de la iniciativa es permitir que los procesos contra los funcionarios que tengan fueros puedan seguir adelante hasta su etapa final, al margen de las decisiones legislativas sobre cada caso en particular.

Las modificaciones que impulsa Vitor van sobre los artículos 15 y hasta el 23 apuntan a evitar que la protección de la que gozan los legisladores se convierta en un “escudo de impunidad”.

“Esto sucedió al derivar impropiamente de los fueros constitucionales un tercer fuero al que se denominó inmunidad de proceso a través del cual se dispuso la paralización y el archivo de causas penales emblemáticas por eventuales delitos de corrupción en perjuicio de la Administración Pública”, señaló el diputado macrista.

Con una nutrida fundamentación, asentada en datos y bibliografía, Vitor desgrana la construcción de esta figura y recuerda que los fueros de los legisladores se encuentran establecidos por la Constitución Nacional de 1853 se repitieron como arts. 68, 69 y 70 en el texto reformado de la Constitución Nacional de 1994 y están regulados por los arts. 113º, 114º y 115º de la Constitución Provincial reformada en 2008.

Con este nuevo proyecto Vitor reafirma su férrea lucha contra el flagelo de la corrupción tal como lo ha demostrado desde el inicio de su tarea legislativa.

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