miércoles, 8 de julio de 2015

IMPLÍCITO MENSAJE DE LA CORTE AL GOBIERNO NACIONAL

SOCIEDAD / JUSTICIA - DyN 



La Corte Suprema de Justicia puso freno al poder del Consejo de la Magistratura al limitar un artículo de la nueva ley de subrogancias que dejaba en manos de ese ente la “puesta en funcionamiento” de nuevos tribunales, y reivindicó para sí la habilitación de juzgados nacionales y federales creados por ley.



El Máximo Tribunal insistió también en reclamar “recursos presupuestarios, de infraestructura y materiales” al administrador general del Consejo, el abogado Claudio Cholakian, cuyo nombramiento había sido impulsado por la jueza Gabriela Vázquez el día en que asumió la presidencia del órgano que elige y controla a los jueces.

Así, la Corte cerró la posibilidad establecida en la nueva ley de subrogancias de que el Consejo pusiera en marcha un juzgado aun cuando no hubiera magistrado designado, colocando allí a un conjuez.

Ello ya no podrá ocurrir, pues la Corte decidió que sólo habilitará el funcionamiento de un nuevo juzgado creado por ley cuando esté designado su nuevo titular y reunidas las condiciones mínimas de infraestructura y recursos económicos.

La decisión de la Corte es además un implícito mensaje al kirchnerismo gobernante, que domina el quórum en el Consejo de la Magistratura de la Nación. La medida se conoció horas antes de la reunión del presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, con los titulares de las Cámaras Federales de todo el país, preocupados por la nueva ley de subrogancias.

Esa ley fue la que permitió a fines de junio a la mayoría oficialista en el Consejo desplazar al juez Luis Cabral de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, un tribunal que debía pronunciarse sobre la inconstitucionalidad o no del Memorándum con Irán por el atentado a la AMIA y que iba a revisar la causa Hotesur, que salpica a la familia presidencial.

Precisamente, ante esa remoción hubo ayer una movilización al Palacio de Tribunales en apoyo al juez removido y en demanda de Justicia independiente. En ese contexto, la Corte -con los votos de Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda- resolvió reivindicar para sí las habilitaciones de los nuevos juzgados nacionales y federales creados por ley en el país.

Fue en una resolución en la que se ventilaba la falta de avances sobre un lugar para que funcionen dos juzgados federales de La Matanza y una Cámara de Apelaciones con asiento en San Justo, “en beneficio de la Justicia Federal de San Martín al disminuirse su competencia territorial”.

La Corte decidió “insistir ante el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación acerca de la necesidad de contar con todos los recursos presupuestarios, de infraestructura materiales a fin de que esta Corte Suprema disponga la puesta en funcionamiento de los tribunales creados por ley 26.246” de 2007, se indicó.

La celeridad para la selección de esos jueces en esos tribunales quedó “frustrada si tras haber pasado siete años desde la vigencia de la ley y tres años desde la designación de los magistrados, el mencionado órgano no ha logrado llenar las condiciones necesarias para el funcionamiento de los tribunales de que se trata”, dijo la Corte.

En ese marco, la Corte advirtió que “como cabeza del Poder Judicial de la Nación, ha reiterado en todo momento, y con sus diversas composiciones, que tiene facultades o privilegios inherentes a todo poder público, para su existencia y conservación” y de ahí que “tenga todas las facultades implícitas necesarias para la plena y efectiva realización de los fines que la Constitución le asigna, en tanto poder del Estado”.

“Mediante el ejercicio de los aludidos poderes connaturales irrenunciables, esta Corte se ha declarado competente para producir aquellos actos de gobierno que fueran necesarios para la firme defensa de sus atribuciones”, dispuso el tribunal al defender la habilitación exclusiva de los nuevos tribunales.

En ese marco, sostuvo el fallo, “entre los referidos actos de gobierno que ejerce esta Corte sobre el Poder Judicial, la puesta en funcionamiento de los tribunales creados por ley, como ordena la Constitución Nacional, es una atribución que el tribunal viene llevando a cabo sin interferencias de ninguna especie, antes ni después de la reforma constitucional de 1994”.

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