jueves, 4 de febrero de 2016

EL JURAMENTO CONSTITUCIONAL SIN RESPONSABILIDAD

NOTA DE OPINIÓN 

JURAMENTO MACRI Y MICHETTI


por VICENTE SPAGNULO 

El Artículo 93 de la Constitución Nacional consigna que, al tomar posesión de su cargo el Presidente y Vicepresidente prestarán juramento de "…desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o Vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina". 


Los constituyentes omitieron incluir en la fórmula de juramento el sustantivo “Responsabilidad”. El juramento obliga a ser “leal”, “patriota” y “fiel” a la Constitución. No obliga a ser responsable.

Los constituyentes de 1853 pueden ser exculpados. El sustantivo “responsabilidad”, recién aparece en el mismo siglo de la jura de nuestra primera Carta Magna. Además, la urgencia radicaba en construir la Unión Nacional, no en hacer un texto constitucional preciosista.

Pero a los convencionales de 1994 no se les puede aplicar el mismo criterio. Aquí el objetivo era menos tumultuoso, consistía en fortalecer el régimen democrático en el cual vivíamos, habían pasado muchos años de 1983 y teníamos varias experiencias de reforma en el texto constitucional madre de la Argentina.

No se incluyó “responsable” ni “responsabilidad”, a pesar de que el primer concepto apareció en el siglo XVIII y el segundo en el siglo XIX, ya tenían 200 y 100 años de existencia respectivamente al momento de la Asamblea Constituyente que se realizó en Paraná.

Parecería que los que se dedican a la política y se autodefinen “políticos” son esquivos al sustantivo“responsabilidad” y al adjetivo “responsable”.

La ex presidenta Cristina Fernández, de larga trayectoria como funcionaria en distintos niveles de la administración pública, usó el sustantivo “responsabilidad” en un acto de inauguración de la electrificación de un tramo del ramal Roca a La Plata, cuando expresó: “Ejercer la responsabilidad de aportar a la gobernabilidad del nuevo gobierno”.

Si duda, loable propuesta la de Cristina Fernández. Dicho que no refrendó con sus ideas y decisiones de fin de su mandato, tal como se puso de manifiesto con su irracional resistencia a la voluntad popular, la que expresó libremente su decisión de “cambiar de modelo” fundada en la soberanía popular, la que se expresó con el voto.

¿Tiene consecuencias no incluir el sustantivo “responsabilidad” en la fórmula del juramento?

Sí, sin duda. La primera es que al no estar el sustantivo “responsabilidad” en la fórmula del juramento, no se puede confrontar la conducta de los funcionarios con su juramento constitucional.

No se podrá adjetivar su conducta de“responsable” o “Irresponsable”. El juramento no lo exige.

La segunda consecuencia es que, como el sustantivo “responsabilidad” proviene del vocablo latino “respondere”,que significa “prometer”, “merecer” y “pagar”. También significa “fiador”, quien jura ser “responsable”, convirtiéndose, además de sus cargos constitucionales en“responsum”, que está obligado a responder por algo a alguien, en este caso, por sus acciones a los ciudadanos.

La responsabilidad exige responder, dar respuestas, lo que implica que el juramento actual no obliga a dar respuestas a quienes son elegidos Presidente y Vicepresidente de la Nación.

Y como el juramento constitucional para el titular del Poder Ejecutivo y su compañero de fórmula se extiende al resto de los cargos, legisladores y funcionarios de la Administración Central, tampoco se han incluido los conceptos “responsable” y “responsabilidad”.

Consecuencia: Nadie quién asuma un cargo público, ya sea en el Poder Ejecutivo, como en el Legislativo, no tiene obligación de dar respuestas por sus acciones, por sus decisiones.

La historia del último período democrático (1983/2015), nos da sobradas muestras de falta de respuestas a las necesidades de los ciudadanos y el cargo de las consecuencias de no hacerlo.

Según el Derecho, el responsable es el que tiene que responder administrativamente por algo, quien por dolo o desidia ha provocado la acción por la que debe responder.

Han resultado de baja calidad las respuestas de la mayoría de los gobernantes de la “Década Ganada” a las necesidades de los ciudadanos.

Sus respuestas administrativas -definidos los criterios políticos- fueron: planificar, coordinar, ejecutar y controlar, las que han sido ineficaces e ineficientes desde lo político ( pérdida de la elección), lo económico (déficit, inflación sin crecimiento) y lo social (incremento de la pobreza).

En la Argentina no hay culpables. Sólo hay víctimas. No existen los victimarios. 

Los argentinos somos tan creativos que hemos destruido el principio dialógico. Los victimarios se diluyen. Se licúan. Generan una colonia entre ellos y a través de un mecanismo perverso socialmente aceptado, se autoexcluyen.

Paradójicamente, las víctimas construyen con su voto un microclima donde su reciclado los reinstala, sin consecuencias, a pesar de que la colonia de las víctimas trágicamente se reproduce al infinito.

El filósofo alemán Max Weber detectó la tensión trágica entre la ética y la política.

Si algún día los funcionarios juran incluyendo la responsabilidad, recuerden lo que sostenía otro filósofo alemán,Immanuel Kant, un siglo y medio antes: “Las responsabilidades sin convicciones serían ciegas y las convicciones sin responsabilidades vacías”.

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