jueves, 22 de diciembre de 2016

ES LEY LA REFORMA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

POLÍTICA / CONGRESO 



Luego de las idas y venidas de las últimas semanas, la Cámara de Diputados convirtió en ley la reforma en el impuesto a las Ganancias. A partir de 2017, un trabajador soltero pagará el tributo a partir de un sueldo bruto de $ 27.941 y un casado con dos hijos desde los $ 37.000 de salario bruto. Diputados promulgó el proyecto con 166 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones. 


El Frente para la Victoria (FPV) abandonó el recinto para no convalidar los cambios que el Senado hizo al proyecto que había impulsado la oposición en la cámara Baja hace dos semanas. Minutos después de la votación, el diputado kirchnerista Juan Cabandié se negó ante las cámaras de TN a explicar por qué se retiraron del recinto.

"Solo vamos a hablar de la crisis en el Conicet, que nos parece más importante", se excusó desde los pasillos de la Cámara baja.

El oficialista Luciano Laspina, en cambio, celebró la iniciativa y dijo que la nueva ley "representa un equilibrio entre todos los sectores".

El legislador contó que "fue muy difícil para todos no desfinanciar a las provincias al tiempo que aliviamos la presión fiscal sobre la ciudadanía".

LOS CAMBIOS EN EL TRIBUTO

El proyecto también incluye un aumento en los topes del monotributo del orden del 75%. Los monotributistas, no obstante deberán pagar más impuesto y más aportes para la jubilación.

Los jubilados que ganen hasta seis veces el haber mínimo de $ 5. 661 quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La ley crea nuevos impuestos para financiar parte de los cambios en el tributo a los ingresos.

Los juegos de azar deberán pagar ahora 41,5% de impuesto a las Ganancias, las apuestas tendrán un gravamen adicional del 0,75% y las apuestas online pagarán un 2% extra al fisco.

Además, se creó un impuesto extraordinario a las operaciones de dólar futuro "especulativas", que deberán diferenciarse de las que hacen exportadores e importadores como cobertura, para protegerse de eventuales movimientos en el tipo de cambio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá ahora reglamentar los cambios en la ley.

En concreto, la norma dispone que el fisco determine cómo se aplicarán determinadas deducciones, como la que regirán para desgravar viáticos y alquileres. (TN)

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