miércoles, 22 de marzo de 2017

URUGUAY, SIN VUELTAS: PROHIBIERON CORTAR CALLES Y RUTAS

POLÍTICA / EN PLENO 'DESBORDE' ARGENTINO 

TABARÉ VÁZQUEZ


El debate público sobre el control de los cortes de calles recobró actualidad en la Argentina después de las casi diarias y multitudinarias protestas en la ciudad de Buenos Aires durante marzo, al término de las cuales el presidente Mauricio Macri, en la entrevista televisiva con Mirtha Legrand, dijo que esa "no es una imagen que ayude" a atraer inversiones, y opinó que "lo que vivimos en estos últimos días es un desborde". 


 Pese a la posición de mayor dureza proveniente desde el oficialismo, a partir de declaraciones de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y de la diputada Elisa Carrió, desde la oposición y en particular desde la principal organización social (Movimiento Evita), salieron a reafirmar la legitimidad de los "piquetes" como forma de protesta.

 Así, mientras en la Argentina comenzaron los cruces, al otro lado de la orilla, el presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, firmó un decreto que habilita a las fuerzas policiales a despejar a los manifestantes que ocupen el espacio público e impidan la libre circulación del tránsito.

 "El Ministerio del Interior —indica el primer artículo— dispondrá las medidas pertinentes a los efectos de preservar el uso público de las calles, caminos o carreteras cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza".

 El texto detalla, además, que "la intervención de la autoridad policial a los efectos indicados se efectuará a fin de garantizar el derecho a la libre circulación, el orden público y la tranquilidad".

 La decisión también precisa que las actuaciones efectuadas deberán ser informadas a la Justicia. En los considerandos de la medida, el gobierno uruguayo manifiesta que "resulta fundamental establecer una normativa que ampare aquellas situaciones donde se vulnera el libre tránsito de las personas".

 Se aclara, por último, que la norma no se podrá aplicarse contra del artículo 57 de la Constitución, que establece el derecho a huelga.

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