jueves, 2 de agosto de 2018

EN PLENO DEBATE POR ABORTO, FRANCISCO ELIMINÓ LA PENA DE MUERTE

GLOBAL / CATECISMO

COMUNICADO:

Ciudad del Vaticano. El Papa Francisco ha aprobado con un Rescrito la nueva redacción del artículo 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte. Así lo informa el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Luis F. Ladaria.

EL NUEVO TEXTO DEL ARTÍCULO SOBRE LA PENA DE MUERTE ES EL SIGUIENTE: 


(U24) - “Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común. 


Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado.

En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.

Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”.

La citación se refiere al discurso del Papa Francisco a los participantes en el encuentro promovido por el Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización, el 11 de octubre 2017, mientras la aprobación tuvo lugar en el curso de la audiencia al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Luis F. Ladaria, el 11 de mayo pasado, y la firma fechada 1° de agosto 2018, Memoria de San Alfonso María de Ligorio.

EL TEXTO ANTERIOR

El Catecismo de la Iglesia Católica promulgado en 1992 había sido ya corregido en el párrafo sobre la pena de muerte después de las afirmaciones de Juan Pablo II en la Encíclica Evangelium vitae en el 1995.

El texto enmendado decía: “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.

Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad d e la persona humana.

Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos”

LA CARTA DEL CARD. LADARIA A LOS OBISPOS

El Rescripto del Pontífice es acompañado por una carta del cardenal Ladaria a los obispos de todo el mundo en la que el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe explica que “la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia Católica, “expresa un auténtico desarrollo de la doctrina que no está en contradicción con las enseñanzas anteriores del Magisterio.

De hecho, estos pueden ser explicados a la luz de la responsabilidad primaria de la autoridad pública de tutelar el bien común, en un contexto social en el cual las sanciones penales se entendían de manera diferente y acontecían en un ambiente en el cual era más difícil garantizar que el criminal no pudiera reiterar su crimen”.

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