jueves, 8 de septiembre de 2016

CON CAMBIOS, LA LEY DEL ARREPENTIDO VUELVE A DIPUTADOS

POLÍTICA / SENADO 



Este miércoles 07/09, por 63 votos a favor y 3 en contra, el Senado de la Nación aprobó la ley de flagrancia, que establece un proceso penal más veloz para las personas que sean pescadas in fraganti cometiendo un delito. 


Se la considera una herramienta clave para agilizar procesos y aliviar a la Justicia. La ley de flagrancia tuvo media sanción en Diputados a principios de junio, pero recién la semana pasada obtuvo dictamen en la Cámara Alta.

La norma, que introduce cambios en el Código Procesal Penal, establece un juzgamiento rápido de los delitos en los que sus autores fueron detenidos cuando los concretaban. Según el mecanismo fijado por la ley enviada por el Poder Ejecutivo, el detenido debe ser llevado ante el juez para participar de una audiencia oral inicial de flagrancia que deberá realizarse dentro de las 24 horas desde que fue detenido.

La nueva norma se podrá utilizar en aquellos ilícitos que se condenen con penas menores a los 15 años. La sesión arrancó a las 14 y el listado de proyectos a tratar incluyó también las leyes de Acceso a la Información y del Arrepentido.

El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Pedro Guastavino (FpV-PJ), explicó que el objetivo consiste en “dotar a los jueces de una herramienta sencilla y eficaz” para juzgar al delincuente que es sorprendido “in fraganti”.

Guastavino explicó que “el desarrollo de la etapa probatoria no puede superar los 40 días”. “La celeridad del proceso es notoria y en todo momento se respeta el derecho a defensa del detenido”.

LAS CRÍTICAS

Durante el debate, desde la oposición se alzaron voces que indicaban que el procedimiento de flagrancia implica "darle demasiado poder a la Policía" ya que la Justicia debe basarse en las pruebas que presentan las fuerzas de seguridad en un período muy breve de tiempo, que impediría profundizar las investigaciones.

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