miércoles, 6 de septiembre de 2017

TRAS EL ESCÁNDALO, CREAN LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

POLÍTICA / BOLETÍN OFICIAL 



El Gobierno creó hoy la Agencia Nacional de Discapacidad, un organismo que funcionará en el ámbito la Secretaría General de Presidencia y se ocupará de las políticas destinadas a las personas con discapacidad y del otorgamiento de pensiones por invalidez, entre otras. 


 Mediante el decreto 698/2017, publicado hoy en el 'Boletín Oficial', el Gobierno informa que la nueva agencia “tendrá a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad”.

 También señala que otra de sus tareas será “la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928”.

 El texto aclara que el nuevo organismo tendrá “utarquía económico financiera y personería jurídica propia”.

Y detalla que la conducción de la Agencia Nacional de Discapacidad estará a cargo de un Director Ejecutivo, con rango y jerarquía de Secretario, y un Subdirector Ejecutivo, con rango y jerarquía de Subsecretario (ambos serán designados por el Poder Ejecutivo Nacional).

 La agencia asumirá funciones que hasta ahora desempeñaba la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Dispacidad (Conadis) y la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, ambos eliminados hoy por el Gobierno.

 Entre sus fundamentos, la medida señala que “resulta necesario centralizar en un único organismo especializado todas las cuestiones vinculadas a las personas en situación de discapacidad, propiciando un conjunto de políticas públicas tendientes a la plena inclusión”.

 Y más adelante marca que “la integración plena y la efectiva participación de las personas en situación de discapacidad en sociedad, en igualdad de condiciones, constituye un imperativo del Estado que impide ajustarse a los tiempos previstos para la sanción por vía ordinaria de una ley”.

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