martes, 24 de mayo de 2016

RADIOGRAFÍA DEL DISTRITO VILLA OLÍMPICA Y DESARROLLO DE LA COMUNA 8

EL PORTEÑO / PRECISIONES 

Proyecto VILLA OLÍMPICA


Durante la Comisión de Desarrollo Económico, el subsecretario de Planeamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte porteño, Carlos Alberto Colombo, explicó a los legisladores detalles del proyecto de ley. 


Se pretende la "desafectación del dominio público del polígono donde se asentará la Villa Olímpica, su transferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y posterior enajenación, estableciéndose que el 50% de los ingresos provenientes de las enajenaciones a realizarse será ingresado a las partidas correspondientes al financiamiento y desarrollo de los anteproyectos, proyectos y obras de la Villa Olímpica y Sedes Deportivas y el 50% restante a las partidas correspondientes a la urbanización de la Villa 20".

Cabe destacar que la enajenación prevista de los inmuebles afectados a la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 se realizará luego de su finalización.

También afirmó que "el Gobierno de la Ciudad ha realizado trabajos de mejoramiento territorial y ambiental en la Comuna 8 a fin de proyectar la futura construcción de viviendas para la Villa Olímpica, en los cuales se alojarán los deportistas de las diversas disciplinas".

"Además, se localizará un Predio Ferial Olímpico, el cual será utilizado para desarrollar distintas disciplinas, y una vez finalizado será destinado a actividades de carácter comercial, cultural y artístico, y contará con aulas para cursos, salas de reunión y auditorios", sostienen los fundamentos.

La norma también expresa que "es necesario adecuar la zonificación de los terrenos por lo que se propone la creación de un Distrito de Urbanización Determinada "U N° (a designar) - Villa Olímpica", delimitado por las avenidas Cnel. Roca, Escalada y las calles a abrir - sin nombre oficial - de deslinde con el Hospital "Dra. Cecilia Grierson", el Distrito UP - Parque de la Ciudad, Ciudad del Rock y el Distrito "E4 N° (a designar)", así como otros cambios de zonificación para sectores aledaños a esa área y así dar respuesta a los programas derivados de políticas públicas.

En tal sentido, en el proyecto se propone la creación de un Distrito E4 para la localización del citado Hospital. Y también se propicia asignar zonificación Distrito E4 a la zona en que se asentará el Núcleo de Inclusión y Desarrollo de Oportunidades (NIDO) dependiente de la Secretaría de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Desarrollo Económico.

Por otra parte, se pretende la afectación a Distrito E4 a "La Ciudad del Rock", que está ubicada en el predio del Parque de la Ciudad, y cuenta con 180 mil metros cuadrados y dos grandes escenarios para realizar recitales, brindando de este modo una nueva alternativa cultural y turística en la zona sur.

Asimismo, es menester el cambio de zonificación como Distrito E4 respecto del sector del Parque de la Ciudad, colindante con la Autopista Pte. Cámpora, a efectos de contar con un predio para desarrollar equipamientos de escala urbana y/o regional que permitan la localización de unos singulares, que por sus características requieran terrenos de gran superficie y normas particularizadas para dichas actividades.

Finalmente, el proyecto propone preservar como "Distrito UP" el resto del predio del Parque de la Ciudad, y las construcciones existentes.

En atención a las diversas prescripciones que contiene el proyecto, se prevén las pertinentes medidas para adecuar el Código de Planeamiento Urbano y además se adjunta un anexo con las Normas Urbanísticas del "Distrito U N° (a designar) - Villa Olímpica".

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