viernes, 21 de agosto de 2015

LA CORTE DEJÓ SIN EFECTO LA MULTA K QUE REDUCÍA EL SUELDO A BONADIO

SOCIEDAD / JUSTICIA 


 CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) La Corte Suprema dejó sin efecto la quita del 30% del salario con la que el Consejo de la Magistratura -con mayoría kirchnerista- sancionó a fines del año pasado al juez Claudio Bonadio, que en ese entonces tenía a cargo la causa "Hotesur", en el marco de la cual había pedido las declaraciones juradas de la presidente Cristina Fernández, sus hijos Máximo y Florencia, y del empresario Lázaro Báez. 



Bonadio había sido sancionado el 3 de diciembre del año pasado con los votos de los consejeros kirchneristas por un pedido del secretario de Justicia, Julián Álvarez.

Al juez lo acusaron de demorar dos expedientes: los que investigan la privatización del astillero Tandanor en 1992 y los créditos millonarios que el Banco Nación le otorgó durante el menemismo a la ex curtiembre Yoma.

El objetivo del oficialismo era impulsar el juicio político contra el magistrado, pero no logró los votos necesarios, y entonces fueron tras su sueldo. Luego, el juez presentó un recurso de apelación y la Corte Suprema ayer le dio la razón.

El Máximo Tribunal señaló que el Consejo de la Magistratura había adoptado su decisión luego de que hubiera vencido el plazo de tres años establecido por la ley 24.937 para tramitar un proceso disciplinario. En este sentido, destacó que la denuncia contra el magistrado había sido realizada el 18 de mayo de 2011 y no se había adoptado ninguna decisión hasta el 3 de diciembre de 2014, es decir una vez vencido el plazo dispuesto en la mencionada ley.

La Corte Suprema también resaltó que aunque el reglamento dictado por el propio Consejo le otorgaba un plazo para resolver de cuatro meses adicionales al previsto en la ley 24.937, tampoco este límite temporal había sido respetado por ese cuerpo que recién trató la cuestión en la sesión del plenario del 16 de octubre de 2014.

Finalmente la Corte puso de manifiesto que, contrariamente a lo ocurrido en el caso, en numerosas actuaciones por denuncias contra otros magistrados, el Consejo había dispuesto automáticamente su archivo una vez constatado el vencimiento del plazo para decidir.

Por estas razones, se dejó sin efecto la sanción impuesta.

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