viernes, 4 de noviembre de 2016

EL ESTADO INTIMÓ A CFK A COBRAR UNA PENSIÓN Y DEVOLVER LA OTRA

POLÍTICA / PEDIDO OFICIAL 



Este miércoles 3/11, la ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley firmó la resolución que obliga a la ex Presidenta Cristina Fernández de Kirchner a devolver una de las dos pensiones vitalicias que cobra: su jubilación de privilegio que le corresponde como Presidenta desde enero o la que cobra desde 2010 en calidad de viuda del ex presidente Néstor Kirchner. 


La resolución, además, la obliga a devolver el monto recibido por una de las dos asignaciones pasado desde enero. En junio la ex presidenta cobró $332.087 por los dos beneficios. Hasta que la ex Jefa de Estado determine cuál de las dos jubilaciones privilegiará, el Estado, le retiene la que comenzó a percibir como mandataria.

La decisión de la ministra Stanley se basa en una resolución anterior firmada por el procurador del Tesoro Carlos Balbín. En el nuevo documento, detalla que la ley 24.018 prescribe que toda asignación especial resulta incompatible con el goce de toda pensión o jubilación estatal.

"La ex presidenta fue intimada a concretar fehacientemente la mencionada opción".

La ex presidenta no debió esperar a que Mauricio Macri asumiera para tramitar su jubilación. La asignación vitalicia se la dio su propia cuñada.

El 23/11 del año pasado, la entonces ministra de Desarrollo Social, Alicia Kirchner, firmó la resolución 3193 que le otorgaba el beneficio a partir del 10/12.

La Dirección de Asuntos Jurídicos de Desarrollo Social resolvió en junio pasado que había que realizar un “nuevo análisis”. Y la ministra Carolina Stanley le pidió opinión al procurador del Tesoro, que llegó hace dos semanas.

Si Cristina Fernández Kirchner no devuelve el dinero "de más", el ministerio de Desarrollo Social quedará habilitado para iniciar acciones legales. Hasta ahora la Justicia le embargó la mayoría de los bienes y todas las cuentas bancarias, pero no pudo recuperar los montos que ahora el Ejecutivo le reclama.

No hay comentarios:

Publicar un comentario