viernes, 16 de diciembre de 2011

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MEDIA SANCIÓN A LA LEY QUE RECLAMA LA FEDERACIÓN AGRARIA

Los inversores extranjeros en tierras no son bienvenidos

 Un extranjero no podrá tener más del 15 % del total de tierras rurales en territorio nacional, provincial o municipal. Las tierras de un mismo titular extranjero no podrán superar las 1.000 hectáreas: avanzó el proyecto de la Federación Agraria Argentina que envió Cristina.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Tras 17 horas de sesión, el pleno de la Cámara baja aprobó con 153 a favor, 26 en contra y 1 abstención la iniciativa del Poder Ejecutivo para limitar la extranjerización de tierras rurales, en el que modificaron a 15% desde un previsto 20% inicial para el límite de la tenencia foránea de tierra agraria. Dicho porcentual se computará también sobre el territorio de la provincia o municipio.

En ningún caso las personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad extranjera podrán superar el 30% del 15% de tierras rurales en el territorio nacional, provincial o municipal.

La ley integra el paquete de proyectos que reclamó el Ejecutivo en sesiones extraordinarias.

Las tierras rurales de un mismo titular extranjero no podrán superar las 1.000 hectáreas o superficie equivalente, según la ubicación territorial.

Los propietarios extranjeros de tierras rurales deberán denunciar la posesión dentro del plazo de 180 días una vez reglamentada la ley.  

Quedan exceptuadas de la aplicación de esta norma:

> Los extranjeros que cuenten con 10 años de residencia permanente y comprobada en el país.

> Los extranjeros que tengan hijos argentinos y demuestren una residencia permanente y contínua y comprobada en el país de 5 años.

> Los extranjeros que se encuentren unidos en matrimonio con ciudadano/a argentino/a con 5 años de anterioridad a la constitución o transmisión de los derechos pertinentes y demuestre residencia contínua, permanentes y comprobada en el país  de 5 años.

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