jueves, 15 de septiembre de 2016

EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA SE CONVIRTIÓ EN LEY

POLÍTICA / DIPUTADOS 



Este miércoles 14/09, en la Cámara de Diputados se convirtió en ley el Acceso a la Información Pública, a partir de ahora, el Estado quedó oficialmente obligado a brindar los datos que solicite cualquier ciudadano en un plazo de 15 días. 


El oficialista Cambiemos logró de esta manera incorporar al temario el debate del proyecto sobre tablas, ya que no contaba aún dictamen de comisión y necesitaba una mayoría especial para incluirlo en la sesión.

Tras convertirse en comisión, el plenario aprobó por 182 votos y 16 en contra el dictamen original de la Cámara baja y rechazó los cambios incorporados por el Senado en la última sesión del cuerpo.

Entre otras cuestiones, y a instancias principalmente del Frente Para la Victoria, el Senado había propuesto que el director de la autoridad de aplicación requiera acuerdo del Senado y eliminó además el artículo que exigía a dicho funcionario no haber ocupado electivos o partidarios en los últimos cinco años previos a su designación.

Al fundamentar la decisión del oficialismo, el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli, puso de relieve que "luego de consultas hemos llegado a la conclusión que es conveniente que la Cámara insista en la sanción originaria de este cuerpo".

La norma -que empezará a regir en el plazo de un año- obliga a todos los organismos del Estado a responder todas las solicitudes de información en un plazo máximo de 15 días –prorrogables por otros 15- y de manera gratuita.

A su vez, contempla sanciones al funcionario que obstruya el ejercicio de dicho derecho. Además de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, están alcanzados por el proyecto el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, y el Consejo de la Magistratura.

También las empresas con mayoría estatal y con participación minoritaria; los concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos; operadores de juegos de azar; partidos políticos; sindicatos; universidades y el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

La norma enumera una serie de excepciones para la entrega de información, cuando sea de carácter “reservada, confidencial o secreta”; en el caso de que “ponga en peligro el correcto funcionamiento del sistema financiero o bancario”; o cuando haya “secreto industrial, comercial, financiero, científico, técnico o tecnológico”, entre otros casos.

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