jueves, 17 de noviembre de 2011

JUSTICIA


POR LA COMPRA DE DÓLARES EN 2007

Comenzaron las indagatorias a ‘coleros’ y dueños de casas de cambio

La jueza María Servini de Cubría empezó este jueves 17/11 con las indagatorias en el marco de la causa por presunto lavado de dinero en la compra-venta de dólares superiores a los $ 30 mil. La causa fue iniciada por el Banco Central.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- Este jueves 17/11 la jueza federal María Servini de Cubría comenzó la ronda de indagatorias a dueños de casas de cambio, empresas de turismo y "coleros".

En esa causa están imputados seis dueños de casas de cambio, entre ellos Alfredo Piano, presidente de Banco Piano, por no haber advertido que le vendían la moneda extranjera a los "coleros", de los cuales nueve están acusados de prestar sus nombres y no declarar el verdadero origen de los fondos.

En la primera instancia serán indagados los “coleros” y luego será el turno de los dueños de las casas de cambio y de empresas de turismo.


El 13/12 será indagado Piano y en luego deberán presentarse Carlos Mateu, presidente de "Cambio Perseo S.A. Bolsa y Turismo"; Eduardo Dante Roig, de "Antonio Di Giorgio S.A.C. y T."; Hugo Paz, de "Italtur S.A."; Carlos Alberto Reynier, de "París cambio, agencia de cambio y Turismo"; y Horacio Angeli, ex presidente de "Transatlántica S.A.".

La causa contra ellos es por los delitos de asociación ilícita y encubrimiento y se inició por una denuncia del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que detectó que en julio de 2007 hubo un incremento significativo en la compra de dólares por parte del público que no es el habitual.

Servini de Cubría acusó a los dueños de las casas de cambio porque "no podían desconocer las transacciones llevadas a cabo en la entidad por las personas que comúnmente se denominan en la jerga bancaria como 'coleros', teniendo en cuenta el cúmulo de personas que ingresaban a ese establecimiento".

En tanto, los "coleros" están imputados por "haber concertado operaciones de cambio no genuinas" por lo que "el real adquiriente de los dólares en el anonimato y sin declarar el origen de los fondos con los que se efectuó la operación evadiendo de esta forma las normas de previsión de lavado de dinero".


No hay comentarios:

Publicar un comentario