sábado, 15 de agosto de 2015

RAFECAS HACE TRAMPA Y CIERRA LA CAUSA HOTESUR

AGENCIA / JUSTICIA 


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El juez Daniel Rafecas validó este viernes los procedimientos que su par Claudio Bonadio dispuso en distintas ciudades del sur del país en el marco de la causa Hotesur. 



Mediante dichos operativos, realizados en Río Gallegos, El Calafate (Santa Cruz), Bariloche (Río Negro) y Comodoro Rivadavia (Chubut) se obtuvo documentación destinada a ser objeto de una pericia contable para determinar si a través de la firma propiedad de la familia Kirchner se realizaron maniobras de lavado de dinero.

 Días después, Bonadio fue apartado de la causa.

 Por otra parte, Rafecas anuló la designación de peritos contadores, la realización de la pericia contable ordenada y un informe de los peritos.

 De acuerdo al Centro de Información Judicial, Rafecas resolvió no hacer lugar a la nulidad reclamada por la defensa de Romina Mercado, sobrina de la presidente Cristina Fernández y titular de Hotesur, sobre los más recientes procedimientos judiciales en distintas localidades del Sur dispuestos por el juez Bonadío, que llevaron al secuestro de una gran cantidad de documentación.

 Un día antes la Sala I de la Cámara Federal había dispuesto que sea Rafecas quien fijara el alcance de las nulidades en el caso, a partir de que los camaristas habían anulado un pedido de Bonadío de contar con peritos contadores en el expediente sin dar intervención a las defensas, por lo cual lo apartaron del caso. 

Así, Rafecas entendió hoy que por aplicación de la “teoría de los frutos del árbol envenenado”, dicha nulidad debía extenderse a la decisión del Juez Bonadío de realizar una pericia contable, pero dejó afuera del alcance nulificante al decreto posterior de Bonadío que dispuso cuarenta órdenes de presentación a distintos organismos públicos y privados, en la cual se obtuvo una gran cantidad de documentación que se encuentra a resguardo del Juzgado Federal N° 3.

 Por otra parte, también y por expresa indicación de la Cámara Federal para que resuelva el planteo,  Rafecas dispuso no hacer lugar al pedido de la diputada nacional Margarita Stolbizer de ser tenida como parte querellante, ya que según el Magistrado, ni su condición de “simple ciudadana”, ni la de legisladora, la colocan en “particular ofendida” (condición que la ley exige para ser querellante) por los delitos investigados, que son de naturaleza colectiva.

Rafecas tomo la decisión luego de que la Sala I de la Cámara Federal dispusiera que fuera el juez de primera instancia quien se expidiera en primer término sobre las nulidades planteadas.

 En otra resolución, Rafecas rechazó que la diputada nacional y candidata a presidente de la nación Margarita Stolbizer, actúe como querellante. Rafecas dispuso la nulidad de la designación de tres integrantes del cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema y la aceptación del cargo por parte de estos para realizar la pericia contable ordenada por Bonadio.

 También declaró la nulidad del pedido presentado por los peritos contadores oficiales en el que requieren información para llevar a cabo el estudio ordenado y anulado.

 “Ello así -justificó Rafecas- toda vez que los actos procesales precedentemente enumerados resultan ser consecuencia directa, exclusiva e ineludible de lo dispuesto por el doctor Bonadio” en la resolución luego declarada nula por la Sala I de la Cámara.

 “Sin la existencia previa de este auto, los actos aquí declarados nulos, no tendrían existencia por ninguna otra vía”, señaló Rafecas. Agregó que “al decidir el Superior (la Cámara) que la solicitud de designar a un equipo de colaboradores contables es nula, todo aquello que se relacione directa y exclusivamente con ello, así como el accionar de quienes en consecuencia de dicha petición se hayan designado, deviene necesaria e ineludiblemente nulo”.

 Rafecas justificó, en cambio, las “órdenes de presentación” que dispusieron la obtención de documentación y libros contables en domicilios de diversas personas físicas y jurídicas relacionadas con el objeto de la causa, “habida cuenta que su motivación y fundamentación está sustentada en un cauce principal independiente”.

 Rafecas recordó que Bonadio, “desde las primeras actuaciones en esta causa, apeló al recurso de disponer órdenes de presentación, siempre con el auxilio de la Policía Metropolitana” y a oficios y requerimientos a entidades públicas y privadas en forma permanente, "siempre en pos de hacerse de documentación que, según su criterio, resultaba de relevancia para la investigación”.

 Para Rafecas, “la incorporación al proceso de documentación, registros y libros contables” apunta al esclarecimiento de la verdad, y no fue cuestionada por la fiscalía ni las defensas de los imputados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario