martes, 30 de diciembre de 2014

MUCHO CUIDADO CON LAS TASAS MUNICIPALES

AGENCIA / SOCIEDAD - PSEUDO IMPUESTO BAJO SOSPECHA 



Los municipios necesitan dinero para realizar ciertos proyectos pero no pueden castigar a los contribuyentes cada día más. 

CIUDAD DE BUENOS AIRES (U24 GBA). El presidente del Concejo Deliberante de Berisso y precandidato a intendente por el Frente Renovador, Ángel Celi, visitó el estudio de Berisso Ciudad en Radio (FM Difusión 98.1), y abordó, entre otros temas, el largo debate por el aumento de la tasa municipal, que finalmente se aprobó en la última sesión ordinaria del legislativo local: “el bloque FR tuvo una propuesta inicial que tuvo una pequeña variación sobre el final. No compartíamos el impuestazo que pretendía el Ejecutivo y finalmente el resto de los bloques, a excepción del FAUnen, aceptó la propuesta”.



“Nosotros planteábamos que la Tasa de Servicios Generales Urbanos se incrementara hasta el 30%. Nos parecía mucho más justo aumentar en porcentaje, para que el vecino no pague lo mismo que YPF”, explicó.

Él también indicó: “En la recorrida por los barrios vimos la necesidad de mejorar las c alles, el tema hidráulico o de desobstrucción de cañerías, queríamos saber a dónde va la inversión de los impuestos y ahora el Ejecutivo tiene la herramienta necesaria, un fondo específico para solucionar estas problemáticas”.

Pero en Berisso hay otros debates sobre presión a contribuyentes y usuarios: un proyecto de impuesto a la Terminal de Contenedores y la percepción, por la empresa privada Berisso Conectado, de un cargo por el tendido de fibra óptica en toda la ciudad.

Inevitablemente, un tema lleva a otro: cuál es la presión fiscal total (impuestos + tasas) que debe afrontar un contribuyente de la Provincia de Buenos Aires, donde enfrenta la carga nacional, la provincial y la municipal.

Luego, ¿puede un municipio incrementar sin límites sus tasas y cargos locales, según sus necesidades? Esto ya estaba en el debate por la tasa especial al precio a la venta de combustible que aplican varios municipios, y que criticó el gobernador Daniel Scioli.

No obstante, un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires encendió la voz de alarma en los Municipios porque declaró la “inconstitucionalidad” del Fondo Especial para Patrulla Policial Rural en Coronel Pringles que sienta precedente y puede generarles más de un dolor de cabeza a los alcaldes.

No es un tema que pueda pasar desapercibido para nadie en Provincia de Buenos Aires. Sucede que varios municipios avanzaron con tributos locales, por ejemplo para pagar la seguridad: desde tasas propiamente dichas, hasta fondos especiales, contribuciones y adicionales para la Seguridad que aportan recursos, por ejemplo, para el sostenimiento de cámaras o el de móviles policiales.

Sin embargo, la Corte bonaerense dictaminó contra la Municipalidad de Coronel Pringles que cobraba el Fondo Especial para Patrulla Policial Rural dentro de la Tasa Vial y gravaba con un valor fijo por hectárea a los campos de l distrito para prestar seguridad.

En su fallo (Striebeck Guillermo Adolfo contra municipalidad de Coronel Pringles s/ inconstitucionalidad Ord. Municipal 3527/05), los jueces Héctor Negri y Eduardo Néstor De Lazzari remarcaron que la seguridad es una “competencia provincial” y que por lo tanto los gastos deben ser absorbidos por el Fisco provincial.

“Hay un servicio efectivo pero ese servicio no es prestado por el municipio que impuso el gravamen y se encarga de su recaudación, sino por la Provincia de Buenos Aires a través de la Policía bonaerense cuyo sostenimiento económico -tanto de personal como de los móviles y demás necesidades que hacen a su correcto desempeño- está a cargo del Fisco provincial”, apuntó el juez De Lazzari, quien consideró además que la recaudación del Fondo para la Patrulla Rural “sería una especie de incremento o incentivo netamente local a una tarea que, de cualquier modo, debe ser desempeñada por quienes la tienen a su cargo”, es decir la Provincia.

En ese sentido, el magistrado de la Corte señaló que las tasas de los Municipios “debe respetar los principios de la tributación y de armonización con el régimen impositivo provincial y federal”, a la vez que pidió que los órganos públicos –incluidas las comunas– se sometan a la observancia de las reglas “para asegurar un adecuado equilibrio entre las prerrogativas del poder y los derechos de las personas”.

El fallo –aunque dividido–, que respondió a una demanda de un vecino de Coronel Pringles, puede generar efectos inesperados.

Por caso, partidos como Junín y Necochea cobran una Tasa de Seguridad que está incluida en el servicio eléctrico. Otro caso es el de Cañuelas, que incluyó un adicional para Seguridad Ciudadana en las tasas de Industria, Servicios Generales, Clubes de Campo y Red Vial, e inclusive una suma presente en las boletas de Cablevisión.

A su vez, Pinamar, introdujo un tributo para la Seguridad dentro de la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (SUM).

En el GBA hay municipios haciendo sus propias tácticas fiscales al respecto.

El especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de La Plata, Carlos Andreucci, le dijo a la web Infocielo: “Esto puede producir un efecto sorpresa Si bien los fallos de la Corte son individuales, produce un alerta porque todo aquel que discuta la tasa y llegue a la Corte puede obtener como respuesta el mismo fallo que contra Pringles, por el cual la tasa no la puede imponer el municipio”.

Desde el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ya le adelantaron a la web que la sentencia mencionada, luego de ser comunicada formalmente por la Corte, será tenida en cuenta al momento de analizar los números de los municipios: se puede dar el caso que haya multas y cargos por la aplicación en años anteriores.

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